Se abre una nueva puerta para la regularización de bienes en el extranjero

Si existe un tema que en los últimos años ha generado auténticas pesadillas a asesores fiscales y contribuyentes, no ha sido otro que el de la regularización extraordinaria especial de bienes en el extranjero. El conocido modelo 720.

Echemos la vista atrás. En 2012, la Administración Tributaria permitió que aquellos contribuyentes que disponían de bienes en el extranjero no declarados a la Hacienda Española pudieran regularizar su existencia a efectos fiscales españoles. A cambio, un 10% de tributación.

Ya por aquel entonces, el escenario posterior al plazo de regularización que daba la Administración se antojaba muy complicado. Todo aquel contribuyente que quisiera continuar en el anonimato tributario delante de Montoro lo tenía difícil.

Ante este escenario, aquellos que hace unos años optaron por seguir jugando al gato y al ratón con el fisco se veían hasta día de hoy abocados a un «quiero y no puedo» (regularizar). A buen seguro les quitaba el sueño más de una noche.

El dramatismo continuaba ‘in crescendo’. A los contribuyentes les llegaban informaciones sobre avances en los acuerdos para el intercambio automático de información financiera entre jurisdicciones internacionales. Así pues, el panorama era apocalíptico para aquellos ahorros en el exterior, hasta ahora santificados. Más de un contribuyente temía por verse acusado de distintos delitos fiscales esperando, a la sombra,una interpretación razonable de la norma española por parte de la madre Europa.

Parecía que no quedaba otra opción que, preso del pánico, lanzarse hacia una confesión voluntaria ante la Administración, presentar los modelos 720 de los últimos años fuera de plazo y esperar acontecimientos. No parecía muy alentador. Además, por si fuera poco, el contribuyente que tomaba esta determinación tenía que escuchar las múltiples acusaciones, incluso de su asesor fiscal, que le trataban, como mínimo, de suicida tributario.

Pues bien, ahora ha llegado la Inspección de Hacienda del Estado y se ha puesto manos a la obra para aplicar la controvertida norma. Aunque el resultado de sus actuaciones ha conllevado la temida sanción del 150%, en la redacción del acta de regularización y sanción por parte del inspector actuario, se puede ver como Hacienda enseña las claves. El fisco deja entrever la alternativa que hubiera podido llevar adelante el contribuyente para escaparse de tan exigente castigo y poder regularizar sus cuentas con de una forma más ventajosa.

En definitiva, aunque de forma sibilina, Hacienda recula. Aunque sea a través del cuerpo de inspectores, parece que abre una puerta para todos aquellos contribuyentes que quedaron fuera de la mal llamada «amnistía». Ahora, estarían dispuestos a confesar todos sus pecados fiscales a cambio de una penitencia moderada y, de esta manera, seguir recaudando que, en definitiva, es de lo que se trata.