¿Quién se fía del secesionismo catalán?

El independentismo utiliza el derecho como instrumento de confrontación y de tensión

La demanda presentada en Bélgica por el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, contra el juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, brinda un buen ejemplo de lo que ha sido y es el “proceso”: una estafa en toda regla. Un fraude.

Como ustedes sabrán, en dicha demanda, el texto “si es que esto es así” fue traducido al francés como “y sí, eso es lo que sucedió”.  Grave error, sin duda.

La demanda de Puigdemont sobre Llarena es una estafa procesal en toda regla

¿Error? Si tenemos en cuenta que este texto es el único que no fue trasladado al francés por un traductor jurado, si tenemos en cuenta eso, la cosa huele a marrullería. Es decir, a una presunta astucia tramposa o de mala intención. A una  estafa procesal, por utilizar el lenguaje jurídico.

Una estafa procesal que, según el Código Penal (artículo 250.1.7), consiste en “manipular pruebas” u “otro fraude procesal análogo” que acabe provocando un “error en el Juez o Tribunal” que perjudique a “otra parte” o a “un tercero”.    

Según la jurisprudencia reciente, para que exista estafa procesal deben concurrir elementos como la existencia de engaño que conduce al error del Juez o Tribunal y la intención de que el Juez o Tribunal falle a su favor perjudicando a terceros.

En los documentos presentados en Bélgica se tergiversa el texto 

A la manera de la demanda entregada en Bélgica, el “proceso” catalán es una estafa en toda regla –manipulación, fraude e intención de engañar- para embaucar, en este caso, al ciudadano catalán y perjudicar a otra parte o a terceros.   

El modo de actuar es idéntico. Si en la demanda entregada en Bélgica se manipula el texto con una traducción tramposa, en los documentos nacionales o internacionales exhibidos por el secesionismo –hablamos de documentos, pero podríamos hacerlo de otros elementos- se tergiversa el texto, o bien por la vía de la interpretación torticera, o bien suprimiendo u  olvidando aquella parte que invalida la interpretación secesionista de los documentos.  

Los fraudes del secesionismo

Así, contrariamente a lo que afirma el secesionismo catalán:  

1.- El Parlamento de Cataluña no es competente para promulgar una ley que permita convocar una consulta sobre la constitución de Cataluña como Estado independiente, porque vulnera los artículos 1 y 2 de la Constitución  -la identidad y unidad del soberano- así como el artículo 149.1.32 de la Constitución que atribuye dicha competencia –autorizar la convocatoria de consultas populares por la vía del referéndum- al Estado.

Carles Puigdemont en una rueda de prensa en Waterloo, el 27 de agosto de 2018. Foto: EFE/SL

puigdemont y el fraude procesal

En la demanda entregada en Bélgica se manipula el texto con una traducción tramposa, tergiversando la realidad

2. El Estado no puede convocar un referéndum de autodeterminación, ni delegar dicha convocatoria en la Generalitat, porque ni el artículo 92 de la Constitución, ni la Ley Orgánica de las Distintas Modalidades de Referéndum, contemplan un referéndum territorial de secesión.

3. El Estado tampoco puede delegar o transferir la competencia para celebrar un referéndum de autodeterminación por la vía de un artículo 150.2 de la Constitución que no contempla dicha competencia como susceptible de ser delegada o transferida.  

Los derechos humanos no amparan derechos colectivos, sino individuales

4. El derecho internacional no cubre ni ampara el deseo autodeterminista y secesionista catalán, porque todas las resoluciones de la ONU al respecto (1960, 1966, 1970 y 1995) niegan  la posibilidad de “romper o menoscabar, totalmente o parcialmente, la integridad territorial de los Estados soberanos e independientes”. Cosa que, por cierto-, el secesionismo catalán nunca cita cuando trata el asunto. 

5. Los derechos humanos -a los que apela a veces el nacionalismo catalán- no amparan los derechos colectivos, sino –ahí radica su virtud- los derechos estrictamente individuales.   

Llegados a este punto, surge la cuestión: ¿ignorancia o desconocimiento? No. El derecho como instrumento de agitación, propaganda, victimización y manipulación de la consciencia, los sentimientos y las ilusiones de la fiel infantería secesionista. Más: El derecho como instrumento de confrontación, enfrentamiento, tensión y desafío.

Y la mala fe.

Con estos y otros mimbres –la deslealtad institucional, por ejemplo-, ¿qué credibilidad tiene el secesionismo catalán? En definitiva, ¿quién se fía del secesionismo catalán? 

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