Los efectos balsámicos del 155
Los Servidores Públicos de Cataluña se retratan en su informe del "inventario de daños" de la aplicación del artículo 155 en Cataluña
La aplicación en Cataluña del artículo 155 de la Constitución ha tenido efectos balsámicos. Ha sido lo más parecido –eso es un bálsamo– a un paliativo o alivio. Aunque, también es cierto –la política es un asunto de claroscuros– que ha perjudicado a ciertos colectivos. Algunos de los cuales, por cierto, se lo han ganado a pulso.
Si ustedes leen el tercer informe de los Servidors Públics de Catalunya –título: Inventario de daños–, cuyo objeto es “poner de relieve el impacto y las consecuencias reales de las medidas adoptadas por el Estado español en la aplicación del artículo 155 de la CE”, llegarán a algunas conclusiones.
La aplicación del 155 en Cataluña tiene sus damnificados. Por ejemplo: han sido cesadas 254 personas. Pero, contra lo que dice el Inventario, el 155 no ha “exiliado” a nadie –son fugitivos de la Justicia-, ni ha “detenido” a nadie, ni ha “enviado a la prisión” a nadie. No se confundan y no confundan al ciudadano. Ha sido la Justicia quien lo ha hecho.
El 155 ha cesado al Presidente, Vicepresidente y Consejeros del Govern de la Generalitat de Cataluña. Y a un par de centenares más de cargos. A saber: Presidente del Consejo Asesor para la Transición Nacional, Delegados en diversos países, Delegado ante organismos internacionales con sede en diversas ciudades europeas, Representante Permanente en la Unión Europea, Secretario para el desarrollo del autogobierno, Director de la oficina para la mejora de las instituciones del autogobierno, Adjuntos, Delegados territoriales, Asesores, Coordinadores, Responsables y –no es una broma: me remito al susodicho Inventario- Eventuales EXI, GAH, ENS, SLT, INT, TES, CLT, JLS, TSF, EMC y ARP.
Cuando hablo de bálsamo –de alivio, en este caso– me refiero a lo que acaban de leer. Aliviar: aligerar, quitar peso.
El 155 ha suprimido, disuelto o intervenido 40 organismos entre los cuales se encuentran el Consejo Asesor para la Transición Nacional, el Patronato Cataluña Mundo-Consejo de la Diplomacia Pública de Cataluña (DIPLOCAT) y las Delegaciones de la Generalitat en diversos países. Sigue el alivio. Y más si tenemos en cuenta que también se han clausurado algunas páginas web de “proyección institucional”, es decir, como reconoce el Inventario de “publicidad oficial”.
El 155 ha posibilitado, en gran medida, que no paguen justos por pecadores
El 155 –señala el Inventario- ha dado lugar al decaimiento de 108 iniciativas normativas (proyectos de ley, proposiciones de ley, proposiciones de ley de iniciativa popular, iniciativas legislativas, iniciativas reglamentarias). No hagan trampa: estas iniciativas también hubieran decaído si Carles Puigdemont, como tenía previsto, hubiese avanzado los comicios autonómicos.
Cierto es, como indica el Inventario, que el 155 ha propiciado una intervención económica –de hecho, empezó unos meses antes como respuesta al incumplimiento de la estabilidad presupuestaria por parte de algunas Autonomías, entre las cuales Cataluña– que ha supuesto una fiscalización previa de los gastos y una declaración responsable de los pagos efectuados. ¿Qué hay de malo en ello? ¿Acaso no es positivo el control económico –¡transparencia!– cuando hay indicios de incumplimiento de los compromisos adquiridos? El retardo del pago, dicen. Pero, ¿acaso la Generalitat se ha distinguido por el pago puntual? Lo mismo vale para las afectaciones en la contratación. Y no hay que olvidar –la culpa no es del 155– que la reducción del gasto obedece a la no aprobación de los Presupuestos de una Generalitat interesada en cuestiones más heroicas y menos prosaicas. Y lo cierto es que muchos proveedores, que antes no cobraban, ahora sí cobran. Pregunten y verán.
Hay que admitir que el 155 ha pecado. Un pecado de lesa lengua. Por ejemplo: cuando los “documentos internos de los expedientes de Acuerdos que ha de aprobar el Consejo de Ministros substituyendo al Govern se elaboran en castellano o se traducen”. ¡Vaya! Y el pecado sigue si tenemos en cuenta que los “documentos internos dirigidos a las personas que substituyen al Gobierno se han de traducir o elaborar en castellano”. ¡Vaya! El Inventario arguye que la traducción de estos informes y notas internas adicionales generan “un coste temporal” y “un coste económico”. Pues, no trabajen tanto y ahorren. ¿Tan difícil es elaborar informes y notas en castellano? Oigan: el castellano, además de cooficial, es la lengua propia de la mitad o más de los ciudadanos de Cataluña, así como la lengua común de todos los ciudadanos de Cataluña.
Hay que admitir también que determinados colectivos o sectores –artistas, poetas, arquitectos, sordos, tercer sector, atención primaria o investigación– han visto paralizados, cancelados o suspendidos sus proyectos y subvenciones. Al respecto, dos puntualizaciones. Primera: el 155 se ha implementado porque el Govern cesado se saltó, con nocturnidad y alevosía, la legalidad democrática y constitucional. Segunda: a pesar de todo –como señala el Inventario–, el 155 ha traído “contratos de suministro y servicios”, “contratos de suministro de energía eléctrica en alta tensión”, “acuerdo marco de suministro de combustible”, “servicio de asesoramiento jurídico”, “renovación de deuda”, “contratación pública”, “ampliación de subvenciones” y “modificación presupuestaria” al alza que afecta a diversos departamento y palia cancelaciones. Por eso, hablo de bálsamo entendido como paliativo. Esto es, el 155 ha posibilitado, en gran medida, que no paguen justos por pecadores.
¿Estamos peor? ¿Estaríamos mejor sin el 155?
Lo que no es de recibo es que el Inventario atribuya el “cambio de sede de las empresas catalanas” al 155. Esa “pérdida de oportunidades económicas” se debe únicamente y exclusivamente a la deriva irresponsable y antidemocrática de un secesionismo catalán que genera miedo a empresarios, banqueros, inversores y ahorradores.
Y lo que tampoco es de recibo es que el Inventario cuando habla de “vulneración de derechos fundamentales”, endose al 155 la identificación de políticos en campaña o la retirada de lazos amarillos y carteles por orden de la Junta Electoral o que se abra un expediente a TV3 por la cobertura de la manifestación de Bruselas. No es el 155, es la ley. Como es la ley quien “amenaza” a “dirigentes políticos, servidores públicos, miembros de los CDR y otras personas indeterminadas (?)” con el “anuncio de la ampliación de las investigaciones y querellas relacionadas con el referéndum del 1 de octubre justo después de las elecciones”. Como no podía ser de otra manera, aparece –por mejor decir, reaparece– el victimismo que no cesa. Y lo que no aparece es el carácter ilegal de dicho referéndum (?).
Gracias a la aplicación de la ley –en este caso, el 155- los ciudadanos de Cataluña han evitado –eso parece, pero nunca se sabe– el sobresalto continuo producto de las astucias e ilegalidades –de la irresponsabilidad– del secesionismo catalán. ¿Estamos peor? ¿Estaríamos mejor sin el 155?
Los Servidores Públicos de Cataluña advierten que el Inventario es un “instrumento de denuncia” y una “herramienta al servicio de la información y la memoria colectiva”. Tienen razón. Y se retratan.