Comerciantes, propietarios, concejales y consumidores
La partida la juegan cuatro, no dos, y las reglas son las ya establecidas, ya saben, aquello de la ley de la oferta y la demanda, la economía de libre mercado, y demás. Pero, en el caso que nos ocupa, con un par de matices derivados por una parte de la extinción de las rentas antiguas y, por otra, del necesario cumplimiento por los propietarios de los locales de las ordenanzas de conservación y rehabilitación de inmuebles. Me explico un poco mejor.
Los contratos de renta antigua suscritos entre comerciantes y hosteleros (entre otros) y los propietarios de los locales tienen como fecha de caducidad el 1 de enero de 2015, según lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994. Esto supondrá para muchos comerciantes el incremento de sus alquileres –que es tanto como hacer tambalear los números de sus negocios- y para otros, desgraciadamente, su cierre. Está claro que se producirá una actualización de los precios, pero también se generará una sobreoferta de locales disponibles, lo que tendrá necesariamente que obligar a los propietarios a renegociar los precios a la baja o mantenerlos cerrados.
Y aquí es donde, de una vez por todas, deberán despertar los responsables de los poderes públicos, léase ayuntamientos, y hacer cumplir la legislación vigente: “los propietarios… tienen el deber de mantenerlos (los inmuebles) en condiciones de funcionalidad, seguridad, salubridad, habitabilidad y ornato público, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos y rehabilitarlos, a fin de mantener las condiciones requeridas para su uso y destino”. Dicho de otro modo, un propietario no tiene ningún derecho a transformar su local vacío en un estercolero, tal y como vemos en muchas ciudades. Por lo que, necesariamente, ha de incurrir en gastos de mantenimiento, limpieza y conservación de ese local, esté cobrando por él una renta o no.
Si las concejalías del ramo cumplen y hacen cumplir las ordenanzas municipales vigentes ganaremos todos. Los comerciantes tendrán una mayor y mejor oferta para ubicar sus negocios, es verdad que sin rentas antiguas pero también en mejores condiciones de vecindario y ornato en los centros de las ciudades. Los propietarios tendrán claro el marco legal en el que se mueven que en ningún caso tendrá como finalidad fenómenos especulativos (art. 47 Constitución). Los compradores y consumidores podremos volver a tener las calles comerciales y los centros de las ciudades en un mejor estado, lo que permitirá volver a recuperar la actividad y la vida ciudadana en su más amplio y noble sentido. Algo que, tristemente, no está sucediendo ahora.