A partir de hoy, un poco más iguales
A partir de hoy, 8 de marzo de 2020, todas las empresas con más de 150 personas en plantilla deberán tener un plan de igualdad. A partir del 8 de marzo de 2021, lo tendrán que implantar las entidades de más de 100 personas y, a partir del 8 de marzo del 2022, las de más de 50. Además, tendrán que registrarse ante la Autoridad Laboral.
Estas y otras novedades se recogen en el Real Decreto-ley 6/2019 del 1 de marzo. Medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato en oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, y así mejorar el marco jurídico de la plena igualdad de mujeres y hombres en el trabajo, modificando la Ley Orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOIMH).
Frente a la regulación hasta ahora vigente, donde no se determinaban las materias a contemplar por los planes de igualdad, listando, a título ejemplificativo, aquellas que podían incluirse, ahora se establece la obligatoriedad de un contenido mínimo, previo diagnóstico negociado, en su caso, con la representación legal de las personas trabajadoras, añadiéndose al listado precedente una referencia global a “condiciones de trabajo” que incluye expresamente las auditorías salariales, así como el ejercicio corresponsable de los derechos de conciliación y la infrarrepresentación femenina.
Finalmente, se tipifica como infracción grave no cumplir las obligaciones que en materia de planes y medidas de igualdad se establecen y, de infracción muy grave, no elaborar o no aplicar el plan de igualdad o hacerlo incumpliendo manifiestamente los términos previstos.