Xunta y Gobierno se sientan a negociar la Ley de Salud al margen del Constitucional
Ambos Ejecutivos han acordado trabajar en la resolución de las discrepancias acerca del segundo apartado del artículo 38 de la Ley de Salud gallega impulsada por Feijóo, tumbado por el Constitucional y objeto de fuertes polémicas
El vicepresidente primero de la Xunta, Alfonso Rueda, y el ministro de Política Territorial, Miquel Iceta, han firmado un acuerdo mediante el cual se comprometen buscar un acuerdo sobre las discrepancias acerca del segundo apartado del artículo 38 de la Ley de Salud gallega impulsada por Feijóo, y que fue objeto de fuertes polémicas. La decisión se toma al margen del proceso abierto por el Tribunal Constitucional, que suspendió este aspecto normativo.
En la nueva redacción trabajará un equipo formado por varios representantes designados por ambas partes, con el fin de resolver las desavenencias respecto a la polémica segunda parte del artículo 38, relativa a las medidas preventivas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando haya un peligro para la salud de la población en el marco del Covid-19.
Así, este grupo de trabajo, según recoge el acuerdo, publicado este viernes en el Diario Oficial de Galicia (DOG), tiene como misión «alcanzar un acuerdo extraprocesual respecto de las discrepancias manifestadas por la interposición del recurso de inconstitucionalidad» (asunto 1975-2021) en relación al apartado cinco de la reforma de la Ley gallega de Salud, que se corresponde con el nuevo artículo 38.2.
Recurso de inconstitucionalidad
El apartado cinco de la reforma introduce un artículo 38 a la Ley de Salud gallega con dos apartados, de los cuales, el Consejo de Estado avaló que se recurriese la segunda parte, como finalmente hizo el Gobierno central a finales del mes de marzo, de forma que el Tribunal Constitucional, al admitir a trámite el recurso, dejó sin efecto este punto.
Este recurso de inconstitucionalidad sostenía que que la norma autonómica gallega introducía «restricciones y limitaciones a los derechos fundamentales» que según el artículo 81 de la Constitución española están reservadas a una Ley Orgánica. El Ejecutivo utilizaba como ejemplo precisamente el artículo 5 de la norma, que establecía entre otras medidas preventivas en materia de salud pública que la comunidad autónoma podrá someter a “medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la vacunación o la inmunización”.
El resto de la ley está en vigor
A pesar de la futura negociación, el resto de la ley continúa vigente y, de hecho, la Xunta de Galicia sigue con las restricciones que están vigentes actualmente en la Comunidad gallega, como son el cierre perimetral de municipios con incidencia máxima o el toque de queda en estos mismos ayuntamientos entre las 23 y las 6 horas.
Además, tal y como recogió la petición de ratificación de medidas presentada ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) tras la caída del estado de alarma, la Xunta también se apoyó en su ley vigente y reformada para mantener los límites en las reuniones (seis en exteriores y cuatro en interiores, en toda la comunidad). El alto tribunal gallego avaló la actuación.