Transparencia media en favor del Celta en su guerra con el Concello de Vigo

La Comisión da Transparencia de Galicia, dependiente del Valedor do Pobo, obliga al Concello a remitir la información al Celta sobre los planos y aforos de la grada de Río Bajo tras su reforma

Carlos Mouriño

El presidente del Celta de Vigo, Carlos Mouriño, en una imagen de archivo

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La Comisión da Transparencia de Galicia insta al Concello de Vigo a que remita al Real Club Celta los planos y la información sobre el aforo de la grada de Río Bajo de Balaídos tras las obras realizadas y aún por hacer.

El órgano colegiado independiente adscrito al Valedor do Pobo media así en favor del club presidido por Carlos Mouriño, que el pasado mes de marzo presentó una reclamación ante el Valedor do Pobo contra la desestimación por silencio administrativo de su solicitud al Ayuntamiento de Vigo para acceder a planos y aforos de la grada de Río Bajo.

El conjunto olívico buscaba obtener documentación anterior y posterior a la última reforma, además de información sobre las obras que se llevarán a cabo, los asientos que se suprimirán y el aforo del que dispondrá la grada. Por su parte, en el mismo mes, la Comisión trasladó la documentación aportada por el reclamante al Ayuntamiento «para que, en cumplimiento de la normativa de transparencia, aportase un informe y la copia completa del expediente» sin que estos fuesen remitidos.

¿Recurso ante el TSXG?

El órgano colegiado recalca que la información solicitada debe considerarse «pública» dado que «fue elaborada o adquirida por el Ayuntamiento en el ejercicio de sus competencias». Además, Transparencia señala que la Administración local no remitió esta documentación a la Comisión da Transparencia de Galicia pese a su «obligación» de trasladar la que esta le pida para permitir «el correcto cumplimiento de sus funciones».

Finalmente, estima la reclamación del presidente del club deportivo e insta al Concello de Vigo a que «responda a la petición de información solicitada» por el mismo en un plazo de 10 días hábiles, así como a remitir una copia a la Comisión da Transparencia de Galicia en un periodo máximo de 15 días hábiles. La resolución agota la vía administrativa, pero contra ella cabe la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

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