Portugal enseña el camino a Yolanda Díaz: prohíbe a las empresas externalizar durante un año tras despedir
La reforma, aprobada en la Comisión del Trabajo del Parlamento luso, establece la prohibición para casos en los que los contratos hayan cesado por despido colectivo o por extinción del puesto de trabajo
El Gobierno portugués ha aprobado este martes en la Comisión del Trabajo del Parlamento una propuesta que establece la prohibición a las empresas de recurrir a servicios externos para asegurar las funciones que realizaba un trabajador que ha sido despedido, durante el año siguiente a la rescisión del contrato.
La nueva norma recoge que «no está permitido recurrir a la adquisición de servicios externos a una entidad tercera para satisfacer necesidades que fueron aseguradas por un trabajador cuyo contrato haya cesado en los doce meses anteriores por despido colectivo o despido por extinción del puesto de trabajo».
La propuesta del Gobierno luso, que fue aprobada gracias a los votos a favor de los socialistas, los comunistas y el Bloco de Esquerda, es una de las reformas que se introducirán en la legislación laboral del país.
Agenda del Trabajo Digno
También se aprobó otra norma que limita a cuatro las renovaciones de los contratos de trabajo temporales, que hasta ahora podían llegar a seis.
Estas reformas forman parte de la Agenda del Trabajo Digno lanzada por el Gobierno, que está en trámite en el Parlamento y que busca combatir la precariedad, promover la conciliación laboral, personal y familiar y la igualdad y crear mecanismos e incentivos para la participación activa de los trabajadores y del diálogo social.
Una vez sea aprobada de forma definitiva en el pleno, se espera que la nueva legislación laboral pueda entrar en vigor en el primer trimestre de este año.