Los jueces critican a la Xunta por «demonizar» a la hostelería con el certificado Covid

El TSXG no ve demostrado que exigir un certificado de vacunación en la hostelería sirva para frenar el coronavirus: la incidencia no bajó y es mayor que en otras comunidades donde no se aplicó

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, con el conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña. Xunta.

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El auto que tumba el certificado Covid de la Xunta cuestiona la utilidad de la medida y las restricciones que está aplicando el Gobierno gallego en la hostelería a diferencia de otras actividades que se realizan en espacios cerrados, como los centros comerciales. La resolución del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ni siquiera menciona la Lei de Saúde que, según Alberto Núñez Feijóo, daba cobertura al pasaporte Covid y considera que exigir datos médicos para acceder a los locales afecta a derechos fundamentales, en este caso, el derecho a la intimidad.

El documento argumenta el fallo del TSXG que se conocía desde el pasado sábado y que, en la práctica, dio carpetazo a la exigencia del certificado de vacunación en los establecimientos hosteleros y provocó que el Gobierno gallego aplicase nuevas restricciones para suplirlo.

Medida inadecuada

Los magistrados cuestionan que sea una medida idónea por dos motivos: Por un lado, «si las personas que han sido vacunadas o han padecido la enfermedad, a pesar de haber desarrollado inmunidad frente al virus, pueden ser potenciales transmisores del mismo» pueden contagiar a las personas que “hayan accedido al local amparados en la presentación de un justificante por la realización de una PCR o un test de antígeno».

Además, la prueba del Covid “solo acredita que en el momento de su realización no eran portadores del virus activo, pero no que gocen de inmunización alguna frente a este», de tal manera que podrían contagiar o contagiarse.

La Xunta no prueba que sea eficaz

La Consellería de Sanidade tampoco logra acreditar que se trate de una medida eficaz para frenar el avance del coronavirus.  «En la evolución de los últimos catorce días no hay datos significativos que indiquen una eficacia de la medida adoptada en Galicia, única comunidad en la que se ha venido exigiendo el denominado pasaporte Covid», señala el auto. Hace referencia a que Galicia es la única comunidad en la que se aplicó la exigencia del certificado desde el 22 de julio, pero tiene una incidencia superior a la de muchas autonomías sin esta restricción.

“Desafortunadamente tampoco revelan (los datos del Ministerio de Sanidad) que se haya mejorado la situación epidemiológica en relación a comunidades con un peso y configuración poblacional, y pautas de vacunación similares a la gallega”, añaden los magistrados.

“Demonizar” a la hostelería

El fallo concluye que por parte de la Consellería de Sanidade se «debería haber acreditado con rotundidad que el mayor número de contagios de la llamada quinta ola tiene su origen, precisamente, en los establecimientos de hostelería y restauración, en bares, cafeterías y restaurantes». Sin embargo, no lo hace.

Resaltan los magistrados que no les parece «ecuánime demonizar al sector de servicios de hostelería estableciendo agravios comparativos con otras actividades mercantiles que se desarrollan en lugares cerrados, como son los establecimientos comerciales o grandes superficies en los que, pese a su uso masificado, no se exige para su acceso la exhibición de ningún documento de carácter médico».

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