Fracasa la ofensiva de los abogados contra Pilar de Lara
El Consejo General del Poder Judicial archiva las diligencias contra la magistrada por el registro del despacho de abogados coruñés, que acabó denunciándola
El promotor de acción disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, Antonio Jesús Fonseca-Herrero, ha archivado las diligencias contra Pilar de Lara, la jueza que instruye la operación Pokemon. No encuentra motivos Fonseca-Herrero para “derivar responsabilidad disciplinaria” sobre la titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Lugo.
La denuncia se produjo a raíz del registro del registro del despacho de Carlos Seoane Domínguez, dentro de la conocida como Operación Cebra. Esta investigación tiene como objetivo el exalcalde de Ribadumia e histórico del PP pontevedrés, José Ramón Nené Barral.
Carlos Seoane Domínguez, socio director del conocido bufete Caamaño, Concheiro y Seoane, decidió pedir amparo al Colegio de Abogados de A Coruña, y éste al Consello da Avogacía Galego, que se sumaron a la denuncia y llevaron a la jueza estrella ante el Consejo General del Poder Judicial.
El Consejo General del Poder Judicial descarta que Pilar de Lara coartara la indpendencia del bufete
Pero la ofensiva no tuvo más recorrido. El promotor de acción disciplinaria entiende que los hechos denunciados se produjeron en el ámbito de un procedimiento judicial en el que se investigan posibles delitos de contrabando de tabaco, blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública cuyo responsable, en su caso, podría ser el letrado denunciante, que fue citado en la causa y prestó declaración como investigado.
Precisa que la propia diligencia de entrada y registro, así como la forma en la que debía ser practicada, aparece detallada en la parte dispositiva de la resolución que le fue notificada al interesado, que si no tuvo conocimiento completo de la misma fue porque había sido decretado el secreto sumarial. Descarta así la alegación del abogado, que entendía que la irrupción en el despacho coartó su independencia y vulneró el secreto profesional.
El promotor, sin embargo, concluye que la documentación examinada demuestra que al interesado se le hicieron saber sus derechos, así como la posibilidad de que en el registro estuviese presente el decano del Colegio de Abogados de A Coruña, aunque declinó el ofrecimiento, añade. A su juicio, la diligencia se practicó con las cautelas y prevenciones contenidas en la resolución