El juez arrincona a la Infanta Cristina: “niega la evidencia”, y “deriva a terceros de forma gratuita”
La Audiencia de Palma deberá decidir ahora sobre su imputación tras el segundo recurso de la Fiscalía
La Infanta Cristina ya conoce el auto final de instrucción del juez José Castro sobre el caso Nóos. La Infanta sigue imputada por dos delitos fiscales y uno de blanqueo de capitales que podría ser determinante.
También conoce que se envía a juicio al duque de Palma, Iñaki Urdangarín, por varios delitos, entre ellos dos contra Hacienda, Y que quedan otros encausados, como el ex socio de Urdangarín, Diego Torres, su mujer, Ana María Tejeiro, y el ex presidente de Baleares, Jaume Matas. Aunque el juez absuelve al secretario de las infantas, Carlos García Revenga.
El auto es concluyente, o, al menos, refleja claramente la visión del juez Castro después de toda la investigación. La participación de la Infanta en el caso Nóos no deja dudas para el juez, que la ve necesaria para que su marido pudiera cometer los delitos fiscales. Éstos se cometieron al tributar ganancias personales como si fueran gastos de la empresa, y en eso la Infanta Cristina participó de forma activa.
Apelación a la ignorancia
La evidencia de ello, según el juez, le lleva a asegurar que la la comparecencia de la Infanta Cristina, con su declaración en el mes de febrero, no cambió nada, porque la Infanta no aportó gran cosa. Y el juez Castro le reprocha en el auto “la sola negación de la evidencia; la interminable apelación a la ignorancia y a la falta de memoria o la gratuita derivación hacia terceros”, en relación a la actuación de la Infanta en la empresa Aizoon, que tenía como administrador a Urdangarín.
Y añade que “hay sobrados indicios de que doña Cristina de Borbón y Grecia ha intervenido, de una parte, lucrándose en su propio beneficio y, de otra, facilitando los medios para que lo hiciera su marido, mediante la colaboración silenciosa de su 50% del capital social, de los fondos ilícitamente ingresados en la entidad mercantil Aizoon».
Penas de seis meses a seis años
Los delitos por los que se acusa a la Infanta están tipificados en los artículos 301 y 305 del Código Penal. Y, en el primer caso, si la deuda con Hacienda es superior a los 120.000 euros pero es inferior a 600.000, la pena es de uno a cinco años de prisión. Respecto al delito de blanqueo está penado con cárcel de seis meses a seis años.
La empresa que utilizaban, según el juez, “en buena lógica no tendría otra finalidad que la puramente defraudatoria”. Y explica que los argumentos de la Infanta, o de la defensa, sobre el supuesto amor a su marido, se deberá explicar en el juicio. “Si la explicación a esta actitud residía en la confianza, veneración o amor que profesaba a su marido” deberá tratarse en la fase de juicio oral.
¿Objetivo? Defraudar
El magistrado explica con detalle la forma de actuar de la empresa, y que no puede interpretar otro objeto que el de defraudar. Los fondos “ilícitos” procedían del lucro que obtenía Nóos de las arcas públicas de dos administraciones públicas, la de Valencia y la de Baleares.
A ese lucro se debe añadir los recursos que Urdangarín no pagó a Hacienda.
¿Qué ocurría? Según el juez, el matrimonio se repartía de forma temporal la presidencia de la empresa, contrataban personal para Aizoon “a sabiendas de que los contratados nunca habrían de prestar servicios para la sociedad”. Todo ello teniendo en cuenta que la sociedad cargaba con gastos personales del matrimonio, que compartían las tarjetas de crédito y que se decidiera que el domicilio social de la empresa era el mismo que la vivienda matrimonial. Según el juez, todo parece muy claro.
Con todo eso, con la imputación de la Infanta, el juez atribuye a Urdangarín cinco delitos de prevaricación; cinco de malversación de caudales públicos; cinco de fraude a la administración; y cinco más de tráfico de influencias por esos contratros de Nóos con las administraciones públicas.
Más recursos antes del juicio oral
Pero ésto no se acaba aquí. La defensa de la Infanta recurrirá la inclusión de la Infanta como imputada. Y también lo hará la Fiscalía, como ha anunciado este mismo miércoles Pedro Horrach. Quién decidirá, finalmente, será la Audiencia de Palma, que consideró en su día –mayo de 2013—suspender la declaración de la Infanta Cristina como imputada.
Tras las alegaciones pertinentes, y, al margen de lo que ocurra con la Infanta, el proceso derivará ya hacia la apertura del juicio oral.
¿Catarsis en España?
Y supondrá un hito para el conjunto de la sociedad española, en un momento en el que el hermano de la Infanta Cristina es ya el jede del Estado, como Felipe VI.
El juez Castro cree que el caso está suficientemente atado. Lo que ocurra a partir de ahora puede suponer una verdadera catarsis para el sistema judicial y político españoles, a la espera de en qué situación quede la Infanta Cristina, que con el nuevo monarca, ya no se considera miembro estricto de la Casa Real, reducida ahora a Felipe VI y la reina Letizia; a sus dos hijas, y a los padres de Felipe, los reyes Juan Carlos y Sofía.