El Gobierno quiere negociar con Feijóo la Ley de Salud que movilizó a los antivacunas
El Gobierno ha decidido abrir la comisión mixta Xunta-Estado para negociar los preceptos que considera inconstitucionales de la Ley de Salud gallega, que recurrió ante el TC
Un cambio de tercio. El Gobierno ha decidido abrir la comisión mixta Xunta-Estado para negociar los preceptos que considera inconstitucionales de la modificación de la Ley de Salud de Galicia, que fue aprobada en el Parlamento autonómico gracias a la mayoría absoluta del PP de Alberto Núñez Feijóo. Los cambios introducidos en la norma abrían la puerta a vacunaciones obligatorias en determinados casos en los que pudiese haber un riesgo para la salud, así como regulaba una serie de sanciones. La normativa generó polémica por ambos lados: distintos colectivos antivacunas se manifestaron en Galicia en contra de la norma mientras que el Gobierno central alertó de que algunas de sus partes invadían competencias estatales y limitaba derechos fundamentales, motivo por el que llevó los cambios autonómicos ante el Tribunal Constitucional.
No obstante, semeja que la intención del Gobierno es llegar a acuerdo con la Xunta. Fuentes del Gobierno gallego aseguran que el Ministerio de Política Territorial comunicó a la Xunta en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), que se celebra en la tarde de este miércoles, la apertura de la comisión mixta, algo que posteriormente confirmó el vicepresidente primero de la Xunta, Alfonso Rueda.
«Ahora que dice que por lo menos nos quiere escuchar, por supuesto defenderemos la constitucionalidad de la ley«, proclamó Rueda en su intervención, en la que ha manifestado que «bienvenida sea la rectificación» del Gobierno y «bienvenida sea la cordura de lealtad institucional que supone que el señor Iceta nos quiere escuchar».
Suspensión cautelar
Unas horas antes de que trascendiese la apertura de la comisión mixta, el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, dio por hecha la suspensión cautelar de varios preceptos de la ley de salud gallega, sobre los que el Gobierno central presentó sus dudas de constitucionalidad y sobre los cuales pidió un informe al Consejo de Estado, preceptivo pero no vinculante, antes de llevar la norma ante el Tribunal Constitucional.
«Estamos preparados para recibir ya la comunicación del Tribunal Constitucional», admitió Feijóo, quien se refirió al escenario a partir del 9 de mayo para reprochar al Ejecutivo de Pedro Sánchez que «dimitiese» de sus responsabilidades y avisar de la «doble dificultad» que tendrá Galicia para gestionar la pandemia sin estado de alarma y sin la ley que se ha aprobado y que amparaba las actuaciones.
«Nos quedamos sin cobertura legal», advirtió Feijóo, quien siempre manifestó que esta ley buscaba dar una cobertura legal para poder actuar en una situación de pandemia, sin que obligase a la vacunación.
Los artículos en discordia
La idea inicial del Gobierno central, tal y como expresó en la petición de informe ante el Consejo de Estado, era recurrir tres aspectos de la norma gallega: las medidas preventivas (es decir, las cuestiones a regular), la adopción de las medidas preventivas (‘el modus operandi’ para ejecutar las medidas) y el régimen de sanciones (en varios artículos y, especialmente, en lo referido a las multas por incumplimientos de las medidas que el Gobierno central cuestiona).
En su informe, el Consejo de Estado considera que es pertinente interponer recurso de inconstitucionalidad –o como dice textualmente, «existen fundamentos jurídicos suficientes»– a uno de los apartados concretos, el relativo a las medidas. Literalmente, señala: cabe este recurso al apartado cinco del artículo único de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 8/2021, de 25 de febrero, en lo relativo al apartado 2 del artículo 38 que introduce en la Ley 8/2008, de 10 de julio, de Salud de Galicia.
El apartado cinco introduce un artículo 38 a la ley de salud gallega con dos apartados, de los cuales, el Consejo de Estado avala que se recurra la segunda parte, como se ha mencionado. Esta ‘segunda parte’ habla de medidas preventivas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando haya un peligro para la salud de la población.
Y para ello, además de otras medidas generales, establece que se podrán adoptar medidas de control de las personas enfermas, como el aislamiento domiciliario (actualmente los confinamientos de las personas que están contagiadas por el coronavirus), el internamiento en un centro hospitalario o el aislamiento o internamiento en otro lugar adecuado para tal fin.
Limitaciones de movilidad
Entre las siete principales de esta ‘segunda parte’, también recoge medidas de control para personas que hayan estado en contacto con personas enfermas (como actualmente los aislamientos de contactos positivos); o el sometimiento a medidas profilácticas de prevención, incluida la vacunación o inmunización.
Este apartado de la ley también habilita medidas de control del «entorno inmediato» de las personas enfermas o que hayan estado en contacto con ellas, así como de «zonas afectadas» (lugares geográficos), lo que puede conllevar, por ejemplo, la limitación de movilidad o circulación (como han sido los cierres perimetrales de ciudades o áreas sanitarias) o restricciones a las agrupaciones de personas (como el límite en las reuniones, tal y como está vigente en este momento en Galicia).