El Gobierno deja sin indulto al clan Miñanco
El Consejo de Ministros denegó las solicitudes de indulto presentadas por la exmujer, la hija y el testaferro de Sito Miñanco tras contar con informes "desfavorables"
El Consejo de Ministros deniega el indulto a familiares y al testaferro de Sito Miñanco. Fuentes del Ministerio de Justicia han asegurado a Europa Press que las solicitudes de la exmujer y la hija del narcotraficante gallego, así como la del empresario José Alberto Agüin han sido denegadas por contar con informes «desfavorables».
De esta manera, todos ellos se enfrentan, tras no prosperar las solicitudes de indulto que se llevaron al Consejo de Ministros del pasado 11 de enero, a sus respectivas condenas por blanqueo de capitales procedentes del narcotraficante. Fue en abril de 2021 cuando se conoció el fallo del Tribunal Supremo (TS) que confirmaba la condena por delito de blanqueo de capitales agravado a Sito Miñanco, si bien la Sala reducía la pena de cuatro años de prisión que le impuso la Audiencia Provincial de Pontevedra a tres años y nueve meses al apreciar dilaciones indebidas en la causa, que se inició en 2009.
Igualmente, se ratificó la condena, con reducciones de penas por el mismo motivo, a la primera esposa de Sito Miñanco, Rosa Pouso; a su hija mayor, Rosa Prado Pouso; y al empresario José Alberto Agüin. El tribunal absolvía del mismo delito a la excuñada del narcotraficante al entender que los hechos por los que se le condenó no eran concluyentes y suscitaban una duda razonable que obligaba a la absolución por el principio de presunción de inocencia.
De tal modo, la Sala Segunda del Supremo impuso a Prado Bugallo tres años y nueve meses de prisión y una multa de cinco millones de euros, frente a los seis millones fijados por la Audiencia Provincial; así como tres años y seis meses y multa de cinco millones a su exesposa; tres años y tres meses y multa de cuatro millones a su hija; y tres años y seis meses y multa de cinco millones al empresario José Alberto Agüin.
Dos sociedades instrumentales para comprar inmuebles
La sentencia ratificaba el resto de pronunciamientos de la Audiencia, que incluían la clausura definitiva de la Inmobiliaria San Saturnino S.L. y el comiso de la totalidad de los bienes reflejados en los hechos probados.
El tribunal consideró acreditado que los condenados formaron una estructura organizada marcada por intensos vínculos personales de sus integrantes y que blanquearon dinero procedente del narcotráfico entre 1988 y 2012, a través de sociedades instrumentales «constituidas para la ocultación y retorno de las ganancias obtenidas o vinculadas con las actividades de una enorme magnitud cuantitativa y cualitativa de narcotráfico en las que participó el señor Bugallo».
A través de las mercantiles San Saturnino S.L. y Jolva S.L. se adquirieron 34 inmuebles y 13 fincas. Las dos mercantiles eran administradas por Rosa Pouso y José Alberto Agüin. Las adquisiciones inmobiliarias realizadas no se ajustaban a los ingresos societarios y los precios de compra presentaban todos ellos un patrón de infravaloración respecto a los precios de mercado.
A juicio de la Sala, los hechos objetivos acreditados conducían a la conclusión de que Prado Bugallo «creó un modelo de transformación de las ganancias ilícitas derivadas de su actividad criminal prolongado durante más de 20 años en el que participaron las personas más próximas de su círculo más íntimo personal y familiar».