Covid-19: Naufraga la ofensiva de los hosteleros contra la Xunta

El Tribunal Superior de Xustiza rechaza suspender las restricciones de horarios y el cierre del ocio nocturno como pedía la hostelería coruñesa

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha rechazado la petición de la patronal hostelera de la provincia de A Coruña de suspender de manera cautelar las restricciones adoptadas por la Xunta, que han asestado otro golpe a uno de los sectores más castigados por la crisis del coronavirus.

La Asociación Provincial de Empresarios de Hostalería había solicitado al tribunal dejar de aplicar la disposición que ordena el cierre del ocio nocturno y que fija como horario máximo de cierre de los locales las 00.30 horas, ambas medidas adoptadas por el Gobierno gallego la pasada semana para contener el avance del Covid-19.

La Xunta también limitó el aforo de los locales al 50% y, desde este jueves, ha prohibido fumar en las terrazas si no puede garantizarse una distancia de seguridad de dos metros.

Los jueces ven justificadas las restricciones

En este difícil escenario, que se suma al parón del turismo, la hostelería decidió recurrir a los tribunales, pero le han dado la espalda. En un auto notificado este jueves, la Sala de lo Contencioso deniega las medidas cautelares solicitadas por la patronal y rechaza, como argumentaba la asociación, que las restricciones no estén justificadas.

Sostienen los magistrados que “detrás de todas las medidas que establece, incluidas las que ahora son objeto de impugnación, subyace el interés en evitar la aglomeración de personas, de procurar que se respeten las medidas de distanciamiento, y en definitiva, de proteger la salud pública haciendo frente a los brotes y a las cadenas de transmisiones existentes, procurando garantizar su contención”.

Prima el interés general en la protección de la salud

La resolución argumenta que “basta echar la vista a las noticias de las que se hacen eco los medios de comunicación para conocer la preocupante evolución del número de contagios en estos últimos días en el área geográfica a la que se extienden las medias cuestionadas, afectando de forma predominante a los jóvenes, que es el grupo poblacional que frecuenta en mayor medida las discotecas y demás locales de ocio nocturno, así como las cafeterías, restaurantes y bares a partir de las 00:30”. Destacan también los magistrados que las medidas adoptadas vienen avaladas por informes de autoridades sanitarias y de un comité científico.

Entiende la sala que tras la solicitud de la medida cautelarísima está el interés de los empresarios del sector de la hostelería de atajar y evitar los perjuicios económicos que su ejecución está causando, pero concluyen que “la naturaleza de los intereses en conflicto, y la indudable preponderancia del interés general en la protección de la salud pública, impiden adoptar la medida interesada”.

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