Condena a Sanidade por tardar cuatro horas en atender a un paciente grave

El Sergas tendrá que indemnizar con 86.000 euros a la hija de un paciente que esperó casi cuatro horas a que lo atendieran en el hospital de Ourense pese a presentar un cuadro grave y falleció tres días después

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La crisis provocada por el coronavirus, paradójicamente, apagó las fuertes críticas que estaba recibiendo la atención sanitaria en Galicia, pues la comunidad mostró, con excepción de la tercera ola de la pandemia, un mejor comportamiento que el resto de territorios españoles. Sin embargo, la eficiencia mostrada frente al Covid-19 se contrapone con las grandes manifestaciones de protesta previas a la crisis sanitaria, sobre todo en atención primaria, y con algunos episodios lamentables en urgencias.

Uno de ellos lo acaba de resolver el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Ourense, que ha condenado al Sergas a abonar 86.336 euros a la hija de un paciente que esperó durante “casi cuatro horas” a que lo atendieran en urgencias del Complejo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO).

El paciente, que falleció tres días después, presentaba un cuadro grave, con síntomas compatibles con un problema neurológico. Según detalla el fallo, se le caía un ojo, tenía visión doble y la tensión arterial en aumento. Tuvo que ver “cómo su situación se iba agravando sin que, cuando menos, se le controlara su tensión arterial y se tratara de bajar la misma”, dice la sentencia.

El personal del hospital, a los familiares: «No podemos hacer nada»

El hombre llegó al hospital sobre las 12 horas del 3 de enero de 2018 y, tras el triaje obligatorio, el resultado fue de color amarillo, lo que significaba que el cuadro era grave y que debía ser atendido en menos de una hora. Sin embargo, no lo fue hasta después de casi cuatro horas desde la llegada a urgencias. El juez entiende que ese retraso causó “que se fuese agravando su situación y elevándose su tensión arterial, sin que se hiciese nada para tratarla, lo que provocó un empeoramiento y una lesión directa sobre las arterias cerebrales”.

Además, indica que “superado el plazo máximo en el que debía ser visto por un médico, no consta que se hiciese ningún control del estado del paciente, y ello pese a las reiteradas quejas y advertencias de la familia al personal del hospital”. Los acompañantes del enfermo tuvieron que ir a buscarle una silla de ruedas, pues veía doble y se le caía un ojo y, según consta en el fallo, “advirtieron al personal de urgencias reiteradamente, incluso dijeron que podía sufrir un ictus, recibiendo únicamente por respuesta que no podían hacer nada”.

Incumplimiento de los protocolos

“Desconozco, y creo que nadie podrá saberlo con certeza, si el resultado hubiese sido el mismo de haberse prestado atención médica en el plazo marcado, pero lo que es incuestionable es que, si se hubiesen respetado los protocolos, seguramente se hubiese podido dar una mejor y más rápida respuesta”, destaca el magistrado.

También destaca que “agrava el retraso” el hecho de que el paciente no acudiese a urgencias por su propio pie ante unas molestias puntuales, sino que fue derivado por el Punto de Atención Continuada de O Carballiño. “En realidad, el tiempo de espera fue mayor, ya que debe presumirse que de esa derivación se advierte al Complejo Hospitalario Universitario de Ourense, a fin de que vaya tomando las medidas correspondientes”, señala.

Economía Digital Galicia

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