Archivada la causa contra el gallego José Manuel Franco por el 8-M
La Justicia declara el sobreseimiento provisional de la causa contra el delegado del Gobierno en Madrid por las manifestaciones del 8-M
La Audiencia Provincial de Madrid tumba la causa contra el delegado del Gobierno de Madrid, José Manuel Franco (nacido en A Pobra do Brollón), que estaba siendo investigado por un presunto delito de prevaricación administrativa tras no prohibir la manifestación del pasado 8-M a pesar del riesgo de propagación del coronavirus.
El auto de la sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el sobreseimiento provisional que en su día decretó el Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid a través de una resolución contra la que no cabe recurso. El movimiento se produce después de que la Abogacía del Estado y la Fiscalía solicitasen el sobreseimiento de las actuaciones, mientras que la asociación Unión de Oficiales y Consumidores José María Mena solicitaa su reapertura.
La Sala entiende que «no ha resultado debidamente justificada su participación en el delito que ha dado origen a la presente causa, por lo que procede el sobreseimiento provisional» y respalda el auto del juzgado de instrucción del pasado mes de junio que concluyó que Franco «no tuvo un conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo que para la salud de las personas entrañaba la realización de manifestaciones y concentraciones» entre el 5 y el 14 de marzo.
Falta de comunicación oficial
La jueza aclaró entonces que se trataba de un archivo provisional y denegó la petición de la Abogacía del Estado de sobreseimiento libre, debido a que el delegado del Gobierno mantuvo una «permanente inactividad jurídica en relación con las concentraciones y manifestaciones y el Covid-19», que se tradujo en que no «no prohibió ninguna concentración ni manifestación entre el 5 y el 14 de marzo en protección del derecho fundamental a la salud».
La Audiencia considera probado que el gallego José Manuel Franco no recibió en aquellos días previos al 8-M ninguna «comunicación o instrucción sanitaria sobre ese particular de ninguna institución sanitaria española o europea, ni consta que hubiera recabado por sí mismo ninguna información de alguna autoridad sanitaria» y que ninguna persona física o jurídica le instó a prohibir o restringir las concentraciones, de modo que no prohibió ninguna ni dictó medidas de protección entre los días 5 y el 14 de marzo de 2020, un período en el que se celebraron 130 concentraciones y manifestaciones en Madrid, alguna de ellas con gran participación de la ciudadanía como la manifestación del 8-M.
Eso sí, la Audiencia Provincial reconoce que, de haberse prohibido aquellas manifestaciones «se habría evitado una amplia difusión de la enfermedad, al igual que si se hubiera explicado y explicitado a los partícipes del gran riesgo de contacto», pero «no puede acreditarse la relación causa-efecto de los posibles contagios por Covid-19 con carácter exclusivo entre la asistencia de los ciudadanos a dichas concentraciones/manifestaciones y el contagio”,