Emprender en España
Asunto delicado emprender. La mayoría de los proyectos suelen abrir una brecha profunda entre la ilusión de una idea y la realidad de su ejecución
Hace unos cuatro o cinco años, quedé a tomar café con un emprendedor deseoso que captar y desarrollar nuevas ideas. Compartimos puntos de vista sobre un posible proyecto y él sugirió crear empresa para empezar a explorar posibilidades. Como pueden imaginar, no mostré un especial entusiasmo ante tal pretensión teniendo en cuenta lo pesado y gravoso que resulta crear una sociedad en España. Sin embargo, media hora más tarde teníamos una empresa recién constituida lista para ser utilizada. A través de una plataforma británica, magníficamente diseñada por cierto, habíamos registrado el nombre de la sociedad, incorporado nuestros nombres como propietarios al 50%, recibido un código de cuenta provisional y, atención, recibido 50 libras para hacer frente a los primeros gastos administrativos. Meses después, cuando decidimos no seguir explorando el potencial del proyecto, entramos en la plataforma, marcamos la casilla de cancelación de la actividad y asunto resuelto.
Emprender es un asunto delicado. La mayoría de los proyectos suelen abrir una brecha profunda entre la ilusión de una idea y la realidad de su ejecución. Además de otras muchas cualidades, para emprender se necesitan agallas, energía, clarividencia y capacidad de organización. También se requiere tiempo y dinero. Emprender es un asunto delicado, decíamos, pero también es una cuestión importante para cualquier economía. El escenario empresarial no se parece en nada al de hace apenas unas décadas. Donde antes quizás había inmovilismo y cierto adocenamiento, hoy es todo dinamismo, iniciativa e innovación. Por este conjunto de factores, las administraciones públicas deberían facilitar el emprendimiento. Parece una obviedad pero en ocasiones es necesario poner de manifiesto las obviedades. Y si no lo creen, fíjense en los casos siguientes.
Imaginen una persona de 45 años que lleva 20 años trabajando para una empresa. Por el motivo que sea, decide dejar el mundo corporativo y emprender. Emprender se hace con más garantías cuando se ha adquirido una cierta experiencia y conocimiento; de otra forma, la frustración y el fracaso son aún más probables. Bien, esta persona plantea su baja y se encuentra que no tiene derecho al paro. Es decir, si la empresa prescinde de él o ella, cobrará durante el período correspondiente el seguro de desempleo, pero si la baja se produce por voluntad del trabajador/a para emprender, ese derecho desaparece.
El presente del emprendedor no parece fácil, pero es que el futuro resulta igual de tenebroso
Imaginemos que se produce un acuerdo con la empresa de modo que finalmente, esta persona emprendedora accede al beneficio del seguro de desempleo. Entonces constituye su empresa y se coloca como administrador de la misma. Su plan es realizar todos los trámites legales y administrativos necesarios, desarrollar su cartera de productos o servicios, conseguir las instalaciones y activos necesarios, sondear el mercado, buscar los socios, proveedores, distribuidores, colaboradores… que requiera su actividad, etcétera, etcétera, y unos cuantos etcéteras más. De seis meses mínimo de gestiones preparativas no lo salva ni San Benito de Nursia, patrón del emprendimiento. Pero el plan no se puede llevar a cabo por el pequeño detalle de que si estás cobrando el paro, no puedes actuar como administrador de una empresa aunque esta no genere todavía un mísero céntimo de euro. Para ser administrador, deberás darte de alta como autónomo. Es decir, no tienes ingresos pero la Administración Pública ya se ocupa de que tengas gastos.
Entonces alguien te da una idea fantástica: capitaliza el paro, así lo cobras todo junto, lo ingresas en la empresa que crees, te asignas un pequeño salario y así garantizas un ingreso para poder, básicamente, vivir, es decir, comer y esas cosas. Es una idea para agradecer salvo que no se puede llevar a cabo. Resulta que la capitalización del paro exige que el importe que recibas, y por el cual has estado cotizando equis años, debes aplicarlo a las inversiones necesarias para el «comienzo de la actividad»; y para ello te dan un mes, unos veinticuatro días hábiles más o menos.
El presente del emprendedor no parece fácil, pero es que el futuro resulta igual de tenebroso. Recordemos que el individuo del ejemplo ha dejado su empresa tras 20 años de trabajo con sus correspondientes cotizaciones sociales. Muchos serán los casos en que esas cotizaciones se situarán en los escalones altos lo cual daría derecho, consecuentemente, a los tramos altos de pensión. Tienes 45 años; te quedan otros 22 años de cotización. Pero claro, has pasado a pagar autónomos, una cotización sustancialmente más reducida que la abonada durante 20 años por tu empresa anterior. Dirás, oye, que yo ya coticé al máximo durante un porrón de años. Pues sí pero a la Administración se la trae al pairo. Ella cogerá no el monto de dinero que has o han estado ingresando a tu nombre durante tu actividad laboral sino exclusivamente los últimos años. Y como has tenido la maldita idea de emprender, pues solo te tendrán en cuenta tus exiguas cotizaciones al régimen de autónomos. ¿Te interesa saber lo que ha pasado con tus cotizaciones anteriores en el tramo máximo? Yo te lo digo: para la saca de la Seguridad Social. Otros vendrán que se beneficiarán pero lo que es a ti, te calcularán exclusivamente por esos últimos años de baja cotización. Así pues, resígnate: si emprendes, ya sabes que tu pensión será de las pequeñas.
Hay un ministro socialista a cargo de la Seguridad Social, que anda a vueltas con la reforma de las pensiones y tal; creo que esto que planteo ni se ha tenido en cuenta. Hay una ministra ferrolana a cargo de Trabajo, que despliega una actividad frenética; me parece que el contenido de este artículo no entra en su lista de prioridades. Entonces pienso si no será que el emprendimiento finalmente no le interesa a nadie…