Los tribunales sentencian al Popular: ocultó pérdidas en la ampliación de capital

Dos sentencias, en Vigo y Oviedo, anulan la compra de acciones en la ampliación de capital de 2016 por ofrecer información irreal sobre el estado del Popular

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Una dotación de provisiones insuficiente para hacer frenta al incremento acelerado de la morosidad permitió al Banco Popular ofrecer una imagen irreal de fortaleza y atraer a los inversores hacia la última ampliación de capital de Ángel Ron, la de 2016. Esa es la tesis que defienden al menos dos tribunales, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Oviedo y el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo. Ambos han anulado la compra de acciones de la entidad financiera por parte de minoristas, al entender que la información trasladada por el banco no reflejaba con veracidad su delicada situación financiera.

El último fallo en conocerse ha sido el de Vigo, con condena a la entidad, ahora integrada en el Santander, a retornar los 2.988 euros invertidos por un minorista. En Oviedo la cuantía fue de 2.473 euros, pero el razonamiento coincidió: “Se anunció públicamente al inversor una situación económica de la entidad emisora de solvencia que no era real”, dice la sentencia. En este caso, la demandante era una trabajadora del Popular que, como tantos, accedió a adquirir títulos.

Las pérdidas “latentes”

Para concluir el “vicio de consentimiento”, los tribunales se fundamentan en que los inversores minoristas percibieron una información “inexacta” sobre la salud financiera del Popular, impidiendo que pudiesen decidir “con pleno conocimiento de los riesgos”. Esta aseveración, que abre la puerta de las demandas a todos los minoristas que acudieron a aquella ampliación, se basa en un peritaje realizado por DDC Consultores.

Siguiendo la argumentación del juzgado de Vigo, el folleto de emisión del Popular fijaba una previsión máxima de pérdidas de 2.000 millones. Sin embargo, “tras la aprobación de las cuentas anuales se tradujeron en pérdidas de 3.485 millones”. El perito infiere que estas pérdidas de casi 4.000 millones “estaban latentes en el patrimonio de la entidad y afloraron en las cuentas tras la entrada del nuevo consejo de administración”. Señala así a las prácticas de Ángel Ron y su equipo y da pie al tribunal a estimar el argumento. Hay que recordar que, salvo en 2012, el banco siempre cerró en beneficios hasta cierre del ejercicio 2016.  

La morosidad se multiplicó por seis

Estas “pérdidas latentes” procedían fundamentalmente del ladrillo y otros créditos morosos. Así lo da por bueno el juzgado asturiano al recordar que, según el peritaje realizado, “desde el ejercicio 2008 hasta el ejercicio 2012, años de máxima intensidad en la captación del crédito, se produce un gran crecimiento de los créditos morosos, pasando de 3.042 millones en el año 2.008 a 19.600 millones en 2016”. Y añade: “Sin embargo, el nivel de coberturas (contabilización de los correspondientes deterioros o provisiones) por insolvencia no sigue un crecimiento paralelo al de los clientes morosos”.

“Tal como se ha expuesto en los anteriores fundamentos jurídicos, lo que ha quedado demostrado es que Banco Popular no reflejó, en las cuentas de los ejercicios previos a la ampliación de capital de mayo de 2.016, su verdadera situación financiera ya que, a pesar del incremento de los créditos morosos y de los denominados activos tóxicos, no traslada esa información a sus cuentas, pues ni realiza las correspondientes provisiones ni actualiza el valor de los activos inmobiliarios”, concluye el tribunal.

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