Las cláusulas suelo se resolverán el doble de rápido con la nueva ley
Las demandas individuales se tramitarán por la vía civil y no por la mercantil a partir del primero de octubre. Un juicio, que suele demorar tres años en los colapsados juzgados mercantiles, puede reducirse a menos de 18 meses
Los afectados por la cláusulas suelo que todavía no hayan iniciado una demanda contra la entidad bancaria con la que han formalizado su hipoteca tendrán un juicio mucho más rápido si inician el proceso judicial a partir del primero de octubre. La nueva ley Orgánica del Poder Judicial introduce un importante cambio en la repartición de las causas de cláusulas suelo. Las demandas individuales ya no se tramitarán en los juzgados mercantiles sino en los civiles.
La diferencia es sustancial para los demandantes. Los juzgados mercantiles están colapsados en casi toda España y cada ciudad suele tener una cantidad reducida de juzgados, lo que aumenta el embudo en el procesamiento de los casos. Madrid cuenta con apenas 12 juzgados mercantiles, en comparación con los 102 civiles.
Las salas mercantiles son las que más tardan en resolver asuntos: tres años y tres meses de media, según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el órgano de gobierno de los jueces. En contraste, los juicios por la vía civil terminan en entre nueve y 12 meses, aunque los plazos se podrían alargar hasta los 18 meses, de acuerdo con los abogados especializados en demandas de cláusulas suelo.
La celeridad podrá suponer en muchas familias con dificultades para pagar la hipoteca la diferencia entre el desahucio y la conservación del inmueble.
Espera hasta el primero de octubre
La nueva realidad judicial hace que los profesionales especializados en este tipo de casos recomienden a quienes no hayan iniciado el proceso, esperar hasta el primero de octubre para presentar formalmente la demanda. «No se trata de una espera artificial. Mientras se recauda la documentación y se redacta la demanda, lo más aconsejable es presentar el caso después del primero de octubre para tener la seguridad de que se tramitará por la vía civil», explica Marta Romero, especialista en derecho bancario, mercantil y arbitraje y miembro del despacho V Abogados.
El bufete ha tramitado más de 500 reclamaciones de cláusulas suelo pero el equipo está convencido de que la mayoría de los casos aún está por llegar. Los abogados consideran que gran parte de los firmantes de hipotecas con cláusulas suelo no fueron informados sobre las implicaciones de este tipo de condiciones. «Las entidades bancarias eran conscientes de que los tipos de interés bajarían y por eso incentivaron la firma de las cláusulas suelo. Solían explicar con detalle la cláusula techo pero no la suelo», explica la especialista en derecho bancario.
Los jueces no se ponen de acuerdo
El cambio en la ley no afecta las demandas colectivas que seguirán su curso en los juzgados mercantiles. Pero el traslado de las causas individuales a la vía civil no representará un cambio general de criterio en los juzgados respecto a las cláusulas suelo, que ha generado gran polémica y diversidad de criterios.
Los jueces no se ponen de acuerdo en los términos de la retroactividad, a pesar de la sentencia del Tribunal Supremo que acordaba no devolver los importes cobrados antes de mayo de 2013. La polémica judicial no se ha hecho esperar y decenas de juzgados han condenado a los bancos a devolver el dinero cobrado de más incluso antes de 2013, a pesar de la directriz del Supremo.
Un juez cántabro ha solicitado al Tribunal Europeo que se pronuncie sobre el asunto. La causa podría dar esperanzas a las familias que esperan importantes devoluciones de dinero. Los abogados estiman que los afectados podrían recibir entre 2.000 y 2.500 euros por año.