Una sentencia europea abre una nueva vía de agua en la concesión de la AP-9
La asociación de consumidores En-Colectivo considera que una resolución sobre una concesión en Italia podría ser de aplicación en el caso de la autopista de Audasa
Una sentencia europea suscita dudas sobre la última prórroga de la concesión que Audasa recibió por parte del Gobierno para la explotación de la AP-9. Así lo asegura al menos la asociación de consumidores En-Colectivo, que considera que la misma sería de aplicación en el caso de la autopista gallega.
Esa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea indica que cuando un contrato público del que es titular una sociedad pública se transmite a otro operador económico independiente a la administración que lo transmite se produce un cambio de “una condición fundamental” del contrato, por lo que se requiere la convocatoria de una licitación.
¿Aplicación en el caso de la AP-9?
La asociación de usuarios defiende que esta sentencia afecta directamente a la actual concesión de la AP-9, ya que el Gobierno concedió dos prórrogas a la misma. Indican que esas dos prórrogas se llevaron a cabo cuando las acciones de Audasa eran propiedad del Estado, que estaba gestionando un servicio de su titularidad. No obstante, poco después de conceder la segunda prórroga, la Administración del Estado vendió las acciones de Audasa a capital privado. En-Colectivo defiende que, por tanto, se tendría que haber abierto una nueva licitación.
El presidente de la asociación, Diego Maraña, explica que la sentencia de la justicia europea se refiere a un caso similar al de la AP-9 que ocurrió en Italia. Allí, el Estado amplió el plazo de una concesión porque la empresa adjudicataria era pública. Sin embargo, luego esa compañía fue vendida a manos privadas, por lo que ahora la justicia europea dice que tendría que haberse vuelto a licitar.
Denuncia ante la Comisión Europea
Según En-Colectivo, esta resolución refuerza su denuncia realizada en julio de 2019 ante la Comisión Europea, que ya tiene abierto un procedimiento de infracción contra España por incumplimiento de la normativa comunitaria por la prórroga y modificación del contrato de concesión de la AP-9.
Ahora, el Tribunal de Justicia establece que ese cambio de titularidad, de manos públicas a manos privadas, es un cambio de una condición «esencial» del contrato, lo que requeriría la convocatoria de una nueva licitación, no para la venta de las acciones de la sociedad, sino una nueva licitación del contrato de concesión.
«El hecho de que el Tribunal haya dictado esta sentencia es una gran noticia para todos los gallegos y hace que cada día Galicia esté más cerca de conseguir que finalicen los abusos y lograr una autopista gratuita», reivindica En-Colectivo.
Maraña insiste en que esta sentencia podría aplicarse a la autopista gallega, ya que dicta jurisprudencia y la casuística es similar.