Un «galimatías jurídico», la razón del fiscal para retirar la acusación al exjefe de seguridad de Adif
El representante del Ministerio Público, Mario Piñeiro, considera que Andrés Cortabitarte "no defraudó" ninguna norma y apunta como único responsable al maquinista, quien cometió una "imprudencia grave" al hacer "un uso más que descuidado del teléfono"
El fiscal Mario Piñeiro ha aludido en el juicio por el accidente del tren Alvia al «galimatías jurídico» existente en materia de seguridad ferroviaria como justificación a la retirada de la acusación a su exdirector de seguridad, Andrés Cortabitarte, al considerar que «no defraudó» ninguna norma en este ámbito.
En su exposición del informe con el que justifica sus conclusiones definitivas el fiscal ha razonado de esta manera en relación con el reglamento europeo 352 de 2009 relativo a la adopción de un método común de seguridad para la evaluación y valoración del riesgo.
Así, ha justificado que no se aplicase al argumentar que existía un «galimatías jurídico» y un «conflicto» sobre su aplicación, por el periodo transitorio hasta 2012 y el grado de aplicación en los diferentes estados. Con ello, ha destacado que entiende que «la pregunta es» si Adif defraudó la normativa aplicable con los criterios que aplicó para evaluar riesgos, y se ha respondido a sí mismo que entiende que «no la defrauda», por lo que considera que no hay «responsabilidad penal» en Cortabitarte.
Además, sobre la decisión de Cortabitarte de desconectar el sistema ‘ERTMS’ en su modalidad embarcada, «un hecho que se le puede imputar sin ninguna duda» al ex alto cargo de Adif, ha asegurado que «no tiene relevancia penal» y que «estaba justificada, independientemente de que se pueda discutir si era lo mejor, porque el sistema daba fallos de fiabilidad». «No necesitamos entrar en esta cuestión», ha resuelto.
Decisión meditada
Piñeiro ha argumentado que la decisión de retirar la acusación contra Cortabitarte fue , «fruto de la meditación» y «el esfuerzo».
En sus consideraciones previas al inicio de la exposición del informe, ha advertido de que con esta tragedia «se confunden las causas con las consecuencias», al reflexionar sobre «cómo se podía evitar el accidente».
Por su parte, ha concluido que hay que situarse en el momento «anterior» al descarrilamiento, en la curva de A Grandeira, en un tramo sin ‘ERTMS’ en el que el maquinista, que atendió una llamada del interventor a su móvil corporativo, tenía que pasar de 200 a 80 kilómetros por hora.
Imprudencia grave del conductor
Con el cambio comunicado este martes, la Fiscalía solo acusa al conductor, profesional de Renfe, al que atribuye los 80 homicidios y 145 delitos de lesiones por imprudencia profesional grave. En concreto, ha afirmado que el día del accidente «hizo un uso más que descuidado del teléfono».
Por este motivo, considera que es «una imprudencia grave, sin la menor duda». «Este accidente se explica causalmente a mi modo de ver por el comportamiento del maquinista. Sin el comportamiento del maquinista no se explica. Sin esta llamada y sin estas circunstancias de la llamada no se explica», ha expuesto, ante la sala de vistas, que encara la recta final del proceso.
«Se pusieron a hablar sin más, a hablar, a hablar, a hablar… sin sentido», ha llegado a asegurar, sobre la comunicación entre al maquinista y el interventor, que se interesaban por la llegada a la estación de Pontedeume para facilitar la bajada de una familia de viajeros.
Después, también, Mario Piñeiro ha hecho referencia al mecanismo del ‘hombre muerto’ para indicar que coincide con un perito de parte de Abogacía del Estado (que únicamente representa a Adif, y no a Renfe) en que «también está para saber que el maquinista está atento a la conducción».
Igualmente se ha referido a la curva para destacar que «no hay duda de que está perfectamente diseñada» y «tiene un margen de seguridad del 100%», que fue uno de los argumentos utilizados precisamente por la Abogacía del Estado (la holgura que permitía tomarla a 160 kilómetros por hora, aunque estaba limitada a 80).