Trabajo expedienta a Mercadona por sus sanciones y despidos en A Coruña
La Inspección abre un expediente por “infracción muy grave” a la cadena de Juan Roig y asegura que sanciona a su plantilla “según su capricho y conveniencia”
La Inspección de Trabajo ha abierto un expediente sancionador a Mercadona por su particular método para evaluar, amonestar y, en última instancia, despedir a los empleados de su red de supermercados. En una contundente resolución, la Inspección considera que la cadena de Juan Roig amonesta a su plantilla de manera encubierta y sin seguir el procedimiento previsto en el Estatuto de los Trabajadores para las sanciones disciplinarias. Al contrario, la inspectora advierte que sigue criterios arbitrarios y “a conveniencia” para fijar sanciones con las que, según queda constatado en la resolución, justifica el despido de trabajadores.
Trabajo abre el expediente a Mercadona por “infracción grave” tras una denuncia de la CIG, que decidió emprender este camino ante la “indefensión” que, a su juicio, sufre el personal frente a las llamadas “actas de reprimenda y de compromiso” de la compañía. Estas actas, cuya naturaleza jurídica nunca fue clarificada a la plantilla, según reprocha la Inspección, son una suerte de apercibimientos a los trabajadores por el incumplimiento de un determinado protocolo o de los compromisos adquiridos en su puesto de trabajo.
Estas actas no son sanciones, no se entregan obligatoriamente a los trabajadores, que desconocen “si pueden o deben impugnarlas porque no saben si es una amonestación o una mera llamada de atención sobre un aspecto que deben mejorar”, especifica la resolución. Sin embargo, Mercadona puede considerarlas una sanción y aprovecharlas para justificar el despido de un empleado, como sucedió con una trabajadora de los supermercados del grupo en A Coruña en la que estas actas figuraban como sanciones en su carta de despido.
Si bien la empresa insiste en que las actas no son sanciones, “lo que evidencian los actos concretos y reales es que da a las actas de compromiso y a las actas de reprimenda la consideración de sanción según su capricho y conveniencia. Y lo hace de forma encubierta, sin informar al trabajador de que lo que está recibiendo es una sanción por una falta disciplinaria, sin informarle de la tipificación de la falta ni si se trata de leve, grave o muy grave”, dice la resolución de Trabajo.
El método Mercadona: el trabajador desconoce si debe defenderse
Hay que tener en cuenta que los trabajadores de Mercadona están siendo continuamente evaluados, pues los incrementos salariales y el relevante plus de marzo, mes en el que pueden llegar a triplicar su remuneración, dependen de las valoraciones que hacen los superiores de cada empleado. La CIG lleva tiempo alertando de cómo esta metodología supone un “chantaje” a los trabajadores, los somete a una “presión brutal” y fomenta el enfrentamiento ente ellos.
La Inspección dice ahora que la conducta empresarial con las actas de reprimenda y compromiso también contribuye a este clima y es un factor que “genera incertidumbre e inseguridad jurídica”, y en consecuencia, “un factor objetivo de riesgo psicosocial”.
La inspectora añade cuatro agravantes para elevar la sanción a Mercadona: el número de trabajadores afectados, 900 en la provincia de A Coruña; el incumplimiento por parte de la cadena de supermercados del requerimiento para corregir voluntariamente su conducta; la indefensión generada a la plantilla y la cifra de negocio de la compañía.
“Uno no tiende a defenderse de aquello de lo que no sabe si debe defenderse, como ocurre cuando un trabajador confía razonablemente en que está siendo objeto de una llamada de atención y no de una sanción disciplinaria”, dice la resolución de la Inspección.