Povisa intentó tumbar el concierto en los tribunales
El hospital solicitó al juez la extinción o modificación del concierto en un contencioso contra la Xunta meses antes de solicitar el preconcurso
El Tribunal Superior de Xustiza ha validado el concierto de Povisa un día después de que el mayor hospital privado de Galicia pactara con la Xunta modificarlo, debido al déficit arrastrado desde 2014 que lo empujó al preconcurso de acreedores. La Sala de lo Contencioso ha desestimado los argumentos de la empresa de José Silveira respecto a la prestación de servicios de asistencia sanitaria especializada, básicamente, pruebas que el Sergas realiza a pacientes asignados a Povisa y que después factura al hospital, donde defendían que estos servicios no estaban incluidos en el concierto.
En el recurso, contra una sentencia desestimatoria del juzgado número 2 de Santiago, Povisa pedía que se declarasen ilegales las cuantías facturadas por el Sergas por dichas pruebas y procedimientos (tales como radiocirugía estereotáxica, biopsia de mama por vacío, cirugía del parkinson y epilepsia, cirugía de órbita, entre otras) y se le devolviese el dinero. Y, subsidiariamente, reclamaba la extinción del concierto, “con las liquidaciones y restituciones procedentes en derecho”; o que se restableciera el equilibrio financiero del contrato, “incrementándose la cápita para cubrir dicha eventual obligación”, según recoge la sentencia.
El nuevo pacto con el Sergas
La voluntad del hospital privado por modificar el concierto firmado en 2014, algo que finalmente ha conseguido por la vía de la negociación con la Xunta, tiene que ver con las pérdidas acumuladas: 5,5 millones en 2015, 4,3 millones en 2016 y 5,4 millones en 2017. Povisa atribuyó íntegramente los números rojos al acuerdo con el Sergas, frente a la rentabilidad de su actividad privada, y logró que la Xunta se comprometa a costear los fármacos ambulatorios y de alto impacto, otro de los asuntos que llevaron al hospital a litigar con la Administración.
El acuerdo no incluye un aumento de la cápita, lo que ingresa el hospital por paciente del Sergas atendido, sino una disminución, pasando de los 540 euros a los 505 euros. Povisa aseguró que el concierto continuará generando déficit en sus números, que no podrá ser compensado por la actividad privada, de un volumen inferior.
Los argumentos del tribunal
El tribunal entiende que los servicios que el Sergas factura a Povisa sí que están incluidos en el pliego de prescripciones técnicas (PPT) del concierto, del que el hospital se pretende desvincular, dice la Sala. «Aparece recogido literalmente en el documento de formalización del concierto» firmado en 2014 por ambas entidades, sentencian los magistrados.
«Lo que no es aceptable es asumir que Povisa cuando hizo su oferta creyera de buena fe que solo tendría que asumir el coste por las prestaciones de su lista de servicios, porque las referencias a la cartera de servicios de Povisa, contenidas en la versión inicial del borrador del Pliego de Prescripciones Técnicas, fueron eliminadas en el pliego aprobado», asevera el TSXG en su resolución, contra la que cabe recurso de casación.
El hospital aludía en su recurso, apelando a la buena fe, que el concierto recogía la cartera de servicios del hospital, pero no aquellos más especializados que presta la sanidad pública.
Povisa quiso cambiar el concierto poco después de firmarlo
No es un problema nuevo para Povisa, que poco después de firmar el nuevo concierto ya expresó sus quejas a la Xunta por la inclusión de este tipo de servicios. Concretamente, en la reunión de la Comisión Mixta entre el hospital y el Sergas del 17 de septiembre de 2014, cuya acta se recoge parcialmente en el fallo, Povisa manifestó que “las técnicas de radiocirugía, neurorradiología intervencionista y PET-TAC sigan realizándose sin coste para el mismo, en la EOXI Vigo, como antes del inicio del nuevo concierto (…) Asimismo Hospital POVISA plantea lo mismo para electrofisiología cardíaca (..) que todas las actividades o prestaciones de servicios que requieran de una gran especialización o dotación tecnológica, y que en el momento de la firma del concierto fueran de referencia a nivel autonómico, por resolución de la Gerencia o Dirección General de Asistencia Sanitaria del Sergas, continúen prestándose en la misma forma y si generar facturación adicional a Hospital Povisa”.
La petición, que no fue atendida por la Xunta, responde a un cambio en el concierto que se realizó entre el 27 de diciembre y la fecha final de firma del concierto. En ese periodo, la Xunta incluyó estos servicios dentro de las obligaciones de Povisa. Sin embargo, la Sala entiende que el hospital fue informado debidamente de la modificación y que tuvo acceso a los nuevos pliegos sin que por ello dejara de firmar el acuerdo. Semanas después, trató de que la Xunta lo modificara.
Al no conseguirlo, recurrió a la vía judicial, solicitando que se consideraran ilegales las pruebas que le está facturando el sergas, que se declarara extinguido el concierto o que se restableciera el equilibrio económico del contrato mediante una compensación. En ninguna de las peticiones tuvo éxito.