Paradores pone fin a ocho años de congelación salarial
Los sindicatos CCOO y UGT pactan un aumento salarial del 8% con la dirección de Paradores tras los continuos recortes aplicados desde 2012
La dirección de Paradores y los sindicatos han alcanzado un preacuerdo para el convenio colectivo de la empresa pública. El pacto, cuya firma definitiva está prevista para el 17 de septiembre, fija una subida salarial del 8% para el periodo 2018-2020, que podría alcanzar el 9% con la parte variable.
El incremento salarial pone fin a ocho años de congelación de los sueldos, mientras que el nuevo marco, destacan los sindicatos CCOO y UGT, permite recuperar parte de los derechos recortados desde el ERE de 2012, que se saldó con 350 despidos.
Protestas de la plantilla de Paradores
La situación arrastrada por la plantilla desde entonces, con la cadena hotelera acumulando números rojos durante seis años consecutivos (hasta 2015) pero sosteniendo sueldos galácticos en la cúpula, hizo que los trabajadores del Hostal dos Reis Católicos, en plena Praza do Obradoiro de Santiago, fueran a la huelga para demandar un nuevo convenio.
El nuevo pacto para regular las condiciones laborales de los tres próximos años afectará a unos 4.000 trabajadores. En Galicia los establecimientos de Paradores están en Monterrei, Verín, Tui, Santo Estevo, Monforte, Villalba, Baiona, Pontevedra, Cambados, Santiago, Ferrol y Ribadeo. En el caso de la plantilla del Hostal dos Reis Católicos, que tiene acuerdo regulador propio, siguen a la espera de la negociación.
Mejoran los salarios… y las condiciones
El preacuerdo contempla mejores condiciones para los trabajadores contratados a tiempo parcial, como la consolidación de horas complementarias o el incremento de las mismas. Habrá un avance en la regulación de los fijos-discontinuos en cuanto a la consolidación de periodos trabajados y vacacionales. Además, apuesta por el empleo fijo al garantizar este tipo de contratación a las personas que cubran las vacantes producidas por jubilación.
Los sindicatos explican que recoge medidas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal mediante la ampliación de licencias retribuidas y excedencias, la obligación de informar de los turnos y descansos con tres meses de antelación, el establecimiento de un mínimo de nueve fines de semana de descanso al año o la consideración de tiempo efectivo de trabajo el empleado en los cursos de formación, tanto obligatorios como voluntarios.