Nueva Pescanova se vuelve a estrellar contra la ‘vieja’ Pescanova
La Audiencia de Pontevedra desestima el recurso presentado por Nueva Pescanova por los acuerdos de fusión y segregación a favor de la 'vieja' Pescanova
Nueva Pescanova se ha vuelto a dar de bruces contra la justicia en su aspiración por echar por tierra lo que consideraba ventajas patrimoniales en los acuerdos de fusión y doble segregación a favor de la ‘vieja Pescanova’. Después de que el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra rechazase una demanda para ser indemnizada por esta cuestión, la Audiencia de Pontevedra desestima ahora el recurso de apelación presentado por Nueva Pescanova.
En concreto, Nueva Pescanova se refería a ventajas como la obligación de prestar a la ‘vieja’ Pescanova el necesario apoyo administrativo, fiscal y legal para su correcto funcionamiento libre de costes durante un plazo de cuatro años a partir del 1 de diciembre de 2015, así como el derecho a disponer permanentemente de una oficina de al menos 60 metros cuadrados dentro del domicilio social libre también de costes. A ello se sumaba, además, la retención «por razones de prudencia y de eficacia operativa» de 1,9 millones de euros como garantía para los acreedores concursales de Nueva Pescanova, que formalmente quedan en el balance de la ‘vieja’ Pescanova.
Pescanova logra, con la decisión de la Audiencia, su segunda victoria en los tribunales a Nueva Pescanova
Estas eran algunas de las medidas de apoyo a favor de la ‘vieja Pescanova’, que inicialmente ostentaba el 20% de la pesquera y ahora ha reducido al 1,7%, con el fin de garantizar la continuidad y estabilidad de esta última, que mantiene una deuda concursal y post-concursal de unos 64 millones de euros.
Fundamento del fallo
«Teniendo en cuenta que Pescanova se quedaba con deuda y debía mantener cierta actividad, aunque fuera mínima, para hacer frente a dicha deuda, y que había transmitido, producto de la fusión, prácticamente toda su actividad económica a Nueva Pescanova, debe considerarse directamente relacionado con esta situación real el mantenimiento de cierto apoyo administrativo, fiscal y legal», señalan los magistrados, quienes consideran que «la situación en que quedan las sociedades participantes en la modificación estructural no puede verse como una situación totalmente independiente«.