Manuel Jove gana la última batalla en Fadesa: 40 millones por los gastos de la opa
El Supremo da la razón a Martinsa-Fadesa por las deducciones de la factura que abonó Manuel Jove a Morgan Stanley por el asesoramiento en la venta
La venta de Fadesa en la antesala del estallido de la crisis supuso para todo el sector inmobiliario, y para media España, una rotunda demostración de olfato por parte de Manuel Jove, entonces su propietario. Sin embargo, la lucha sin cuartel judicial que abrió Fernando Martín tras la suspensión de pagos de la resultante, Martinsa-Fadesa, sigue escribiendo sus últimos capítulos diez años después.
Ahora, en pleno proceso de liquidación de activos, Manuel Jove vuelve a ganar otra batalla. Esta vez contra el Estado, y casi como un tapado, de forma tangencial, porque fue Fernando Martín, ya al frente de Martinsa-Fadesa, quien se vio obligado a iniciar una acción judicial por la deducibilidad fiscal de los gastos de asesoramiento derivados de la oferta pública de acciones por la inmobiliaria de Jove.
El papel de Morgan Stanley
Nada menos que 40,4 millones de euros fueron los gastos de asesoramiento que apuntó en la contabilidad de la compañía Manuel Jove por la venta de Fadesa a Martinsa. Eran los correspondientes a las facturas emitidas por Morgan Stanley. La inspección tributaria consideró que dicho «gasto no tenía el carácter de gasto deducible por no ser imputable a la empresa». El asunto llegó al Tribunal Económico Administrativo Central, y luego a la Audiencia Nacional, que en noviembre de 2015 dio la razón a Martinsa-Fadesa. Sin embargo, el abogado del Estado decidió recurrir al Tribunal Supremo.
Ahora, en una sentencia del pasado mes de febrero, la sala sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo vuelve a dar la razón a Martinsa Fadesa, y considera que esos 40,4 millones de euros sí que eran deducibles. La tesis del abogado del Estado pasaba por considerar que esas deducciones «se destinaron, exclusivamente, a incrementar los resultados del accionista vendedor, no los de la sociedad». Es decir, de Mauel Jove, y no de Fadesa.
Los gastos deducibles
Fadesa contabilizó el 31 de diciembre de 2006, como «gastos extraordinarios», bajo el concepto de «Gastos OPA», un importe de 40,4 millones. Unos meses antes, el 28 de septiembre de 2006, Jove y Fernando Martín habían suscrito un contrato de transmisión de acciones sujeto a la opa, siempre que el número de títulos de la compraventa alcanzara el mínimo del 54%. La operación fue aprobada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores en febrero de 2007, y el resultado final llegó en marzo, cuando la oferta fue aceptada por el 86% del capital de Fadesa.
Morgan Stanley cobró más de 40,4 millones por el asesoramiento en la opa sobre Fadesa
Luego, después de la compra, vendría la suspensión de pagos de Martinsa-Fadesa, la mayor entonces en la historia empresarial española por su volumen de pasivo. Vendrían también los líos judiciales entre Jove y Fernando Martín. Finalmente, el proceso de liquidación. Y, ahora, otro lío que se decide en el Supremo, que tuvo que activar Fernando Martín, como un hatillo que heredó en la compra, pero que a quien realmente benefició fue al vendedor, a Manuel Jove, que vuelve a salirse con la suya en el Supremo.
Contra esta sentencia no cabe recurso. Y, además, se libra de costas millonarias. «No estamos», dice ahora el Supremo, «en contra de lo que se razona por la Inspección Tributaria, ante una operación que beneficiase en exclusiva a los socios vendedores, sino que, lejos de ello, también beneficio a la sociedad». Ese es el argumento del alto tribunal.