Lluvia de indemnizaciones a los inversores de Pescanova
La Audiencia Nacional sentencia que los inversores que adquirieron acciones de Pescanova entre mayo de 2009 y marzo de 2013 serán indemnizados
Todos los accionistas de la quebrada Pescanova que adquirieron títulos de la pesquera entre el 11 de mayo de 2009 y el 12 de marzo de 2013 tienen derecho a reclamar una indemnización por su inversión. La Audiencia Nacional considera que las compras de acciones de la pesquera, ahora renacida bajo el nombre de Nueva Pescanova, no reflejaban la situación real de la entidad.
Así lo señaló el tribunal después de que el bufete Unive Abogados pidiera una aclaración a la sentencia que condenó a ocho años de prisión al expresidente Manuel Fernández de Sousa.
La Sala de lo Penal notificó al despacho el pasado 14 de octubre el auto en el que resuelve que quienes se hicieron con títulos de la pesquera hasta el 12 de marzo de 2013 lo hicieron bajo información falsa.
¿Por qué esas fechas?
Ese día, la multinacional española publicó un hecho relevante en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en el que comunicaba que había «detectado discrepancias» entre su contabilidad y las cifras de deuda bancaria. Minutos después, la CNMV suspendía la cotización de la acción, no reanudándose hasta 2017.
El bufete ha señalado que el inicio del suministro de información falsa empezó el 11 de mayo de 2009, cuando la compañía comunicó en el informe trimestral de ese año «conociendo que los resultados que se iban a publicar ocultaban la deuda financiera real y no reflejaban la imagen fiel de la sociedad».
Esta aclaración ha permitido delimitar que aquellos inversores que adquirieron sus títulos entre el 11 de mayo de 2009 y el 12 de marzo de 2013 y que ahora tienen derecho a reclamar su indemnización.
La condena a la auditora traslada el problema a Mapfre
Unive Abogados ha indicado que la condena a BDO es «especialmente relevante» porque junto a ella tendrá que responder la aseguradora Mapfre, con quien tenía concertado un seguro de responsabilidad civil.
Estas dos mercantiles, junto con la multinacional pesquera y el resto de la cúpula de la misma, autores de los referidos delitos, deberán indemnizar solidariamente por los perjuicios irrogados a los que invirtieron en la entidad durante el tiempo que ésta falseó sus cuentas, con independencia de que estos estuvieran personados en la causa o no, por lo que podrán solicitar su indemnización según las bases de la sentencia en el trámite de ejecución de la misma.