Jesús Lence salva en los tribunales el plan de sucesión de Leche Río
El dueño de Leche Río gana un recurso contra Hacienda en el Tribunal Superior de Xustiza por las exenciones aplicadas para activar su sucesión familiar
Jesús Lence se ha salido de nuevo con la suya. En esta ocasión, el propietario de Leche Río y de todo un grupo empresarial que pivota sobre la sociedad holding Lence Torres ha tenido que llegar hasta la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. En juego, nada menos que el diseño del proceso de sucesión dentro del grupo familiar que ha llevado a cabo durante los últimos años el primer industrial lácteo de Galicia.
Lence sabe mejor que nadie que es importante tener la razón, pero también que se la den. Y eso ha hecho la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSXG, en contra del criterio de Hacienda. El motivo, el régimen especial del Capítulo VIII de la Ley del Impuesto de Sociedades, que establece todo un abanico de exenciones y regula el régimen fiscal especial de las operaciones de fusión, escisión y aportación de activos en un grupo empresarial.
La sucesión y el protocolo familiar
Lence llevó a cabo entre 2009 y 2013 un proceso de reordenación societaria del grupo que se saldó con varias ampliaciones de capital, con aportaciones no dinerarias, es decir, sumando activos, para conformar un grupo empresarial ad hoc, y despejar así el camino de su sucesión ordenada entre sus tres hijos, Jesús, María Jesús y María del Carmen.
Básicamente, Lence alegó varios motivos para justificar las operaciones, y sobre todo, para beneficiarse de su impacto fiscal. El más importante al que aludió era «la simplificación de los problemas de sucesión y la elaboración de un protocolo familiar que garantice la subsistencia futura del grupo empresarial», según consta en la sentencia, comunicada a las partes el pasado mes de diciembre y a la que ha tenido acceso Economía Digital. También aludió, como en otros casos contemplados en la ley, a «la centralización de la planificación en la toma de decisiones» y a «la mejora de la capacidad de negociación con terceros».
Ahorros fiscales
No lo veía así la Agencia Tributaria, cuyos inspectores mantuvieron hasta el final, incluso en sus informes periciales durante el proceso judicial, que lo que perseguía Lence con la reestructuración del grupo era ahorrarse impuestos, básicamente. El empresario tiene actualmente 78 años, algunos problemas de salud y no oculta que lleva tiempo diseñando el proceso de sucesión.
Toda la reordenación del grupo pasó por Lence Torres, que se convirtió en la cabecera del holding mediante tres operaciones de ampliación de capital acogidas al mencionado régimen especial de Sociedades. Lence y sus hijos firmaron varias escrituras mediante las cuales aportaban activos a Lence Torres, según recoge la sentencia. Primero fueron Leche Río, Logitrans Río, Complejo San Cristóbal, Policlínico Lucense y paquetes de Ebro Puleva y Euroespes. Después vendría Transleche, otra firma del grupo.
La nueva estructura del grupo
La ganancia patrimonial bruta por estas operaciones no tributaba, y tampoco los dividendos distribuidos, así como se establecían las exenciones en el Impuesto de Patrimonio y Sucesiones para estos movimientos. Tras las operaciones llevadas a cabo, que se prolongaron cuatro años, Jesús Lence pasó a controlar el 79,4% de Lence Torres, que a su vez controlaba Transleche (59% del capital), Complejo San Cristóbal (56,6%) e, indirectamente, Leche Río, de la que controla de forma directa el 37,7% e indirecta, otro 62,2%. Los tres hijos de Jesús Lence pasaban a repartirse el 20,5% de Lence Torres.
Hacienda discrepó de los planteamientos y, sobre todo, de la motivación de Jesús Lence para acogerse al régimen especial, y solo veía un móvil: la optimización fiscal. En total, a ojos del tribunal, la cuantía en juego se situaba en 3,7 millones de euros.
Las discrepancias y los beneficios
Para Hacienda, la ventaja fiscal, presente y futura, planeada por Lence pasaba por rebajar la tributación por el Impuesto de Patrimonio al excluir de este tributo las participaciones en sociedades como Ebro Puleva, Polusa e Euroespes. Y en el Impuesto de Sociedades, también dejaban de tributar los dividendos de las sociedades del grupo con destino a la empresa matriz Lence Torres. A mayores, los peritos en el proceso señalaban que «la reestructuración permite, con la normativa actual, que la sucesión empresarial goce de un importante beneficio fiscal», que cifraron entre el 95 y el 99%.
No hacía falta, a ojos de Hacienda, crear un grupo como el planteado para activar una sucesión familiar, ya que Jesús Lence controlaba todas las sociedades. No lo ha visto así la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.