Jealsa, como Calvo: Hacienda ‘pilla’ al proveedor de Mercadona por sus importaciones de atún
La Audiencia Nacional obliga a Jealsa a abonar más de medio millón en impuestos por incumplir las condiciones para las exenciones fiscales de sus importaciones de atún desde Guatemala y Seychelles
La primera conservera gallega está peleando con Hacienda por los impuestos a sus importaciones de atún. Jealsa, proveedora de marca blanca de Mercadona, acaba de encajar una sentencia desfavorable de la Audiencia Nacional que confirma una liquidación de más de medio millón de euros impuesta por Aduanas al entender que se acogió indebidamente a exenciones fiscales o, más bien, que incumplió las condiciones de las mismas.
El conflicto atañe a importaciones realizadas en el año 2013, unos 900.000 kilos de atún procedentes de Guatemala y las Islas Seychelles que ingresaron en Galicia bajo el régimen de destino especial o destino final, que permite que las mercancías pueden despacharse a libre práctica, con exención de derechos o con un tipo reducido, cuando van a ser utilizadas para un uso o destino específico.
Los inspectores consideraron que Jealsa incumplió las condiciones para acogerse a las ventajas fiscales y cursaron liquidaciones aduaneras adicionales por valor de 541.000 euros. Desde entonces, la conservera litigó en el Tribunal Económico Administrativo gallego (TEAR), en el TEAC y, finalmente, en la Audiencia Nacional alegando que dichas liquidaciones de impuestos estaban incorrectamente practicadas. La Sala de lo Contencioso, en sentencia del pasado 18 de octubre, desestimó su recurso, como habían hecho los anteriores.
Aunque el caso recuerda a lo acontecido con otra de las grandes conserveras gallegas, Calvo, que llegó a hipotecar su marca para hacer frente a las reclamaciones de Hacienda por sus importaciones de El Salvador, en este caso la cuantía es más pequeña y el proveedor de Mercadona advirtió a la Agencia Tributaria que desistía de afectar la mercancía al régimen de destino final, pues había sido objeto de reexportación. Por el camino, sin embargo, incumplió las condiciones para mantener las exenciones fiscales.
Ocultación y negligencia de Jealsa
En la respuesta al recurso de Conservas Rianxeira, la filial del grupo que dirige Jesús Alonso, los magistrados aclaran que la compañía con sede en Boiro no cumplió con la obligación de comunicar a la aduana de control, la de A Coruña, “su intención de exportar mercancías que estaban vinculadas a destinos especiales para que pudiera ejercer el control sobre esa operación”. El régimen de destino final implica, según recoge la propia Agencia Tributaria, “una vigilancia aduanera posterior a la importación, que finalizará cuando las mercancías se hayan destinado a los fines establecidos para la aplicación de la exención de derechos o de tipo reducido”. Este control no se ejerció en el caso que afecta a Jealsa.
La conservera alegó diversos defectos de forma y la incorrecta aplicación del código aduanero comunitario (CAC), argumentos que también fueron desestimados. Precisamente, dos de los elementos clave del CAC para mantener las exenciones en los que se apoya el tribunal son que no se incurra en una “negligencia manifiesta” ni haya “una tentativa de substraerse a la vigilancia aduanera de la mercancía”.
La Sala entiende que Jealsa tropieza en los dos puntos. Evitó la vigilancia de su aduana de control, la de A Coruña, reexportando el atún a través de Vigo y lo hizo sin advertir previamente a Hacienda y atribuyendo a España el origen de la mercancía, lo que tampoco permitió que en el puerto olívico detectasen que se trataba de productos acogidos a un régimen tributario especial. Entienden los magistrados que este proceder constituye también una negligencia manifiesta, pues se trata de una compañía conocedora de este tipo movimientos que omitió las formalidades necesarias de aviso para el control de la mercancía.
Jealsa, primera conservera gallega con 712 millones de facturación en 2020, puede todavía recurrir la sentencia en casación ante el Supremo.