Iberdrola intentó tumbar en los tribunales los impuestos a los embalses expedientados por la Xunta

Las hidroeléctricas pagan la mayoría de tributos fuera de Galicia y el impuesto que aplicó la Xunta a los embalses por su impacto ambiental lo recurrieron en los tribunales para intentar tumbarlo

Sánchez Galán y Feijóo

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo (d), y el presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, durante la inauguración de la Central Hidroeléctrica de San Pedro II en Os Peares, donde han realizado una visita guiada. EFE/Brais Lorenzo

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Galicia concentra más del 20% de la potencia hidroeléctrica instalada en España, unos 3.500 megavatios solo con los grandes embalses, sin contar las centrales de bombeo ni las mini-centrales. Sin embargo, la actividad de empresas como Naturgy e Iberdrola en los ríos gallegos, en aguas de dominio público, no ha repercutido de manera significativa en el dinamismo económico de los municipios donde se asientan, que han perdido constantemente población durante el periodo de concesión.

No solo eso, tampoco en los ingresos de las arcas públicas se ha notado en demasía la proliferación de presas, pues casi todos los impuestos son de carácter estatal: el canon hidráulico que aplicó Mariano Rajoy de manera torpe y que ahora conllevará devoluciones millonarias a las compañías por la anulación judicial de la retroactividad; y el impuesto a la generación eléctrica. Frente a ellos, las comunidades solo ingresan los impuestos ordinarios de actividades económicas y el IBI.

En Galicia se creó un impuesto para gravar el impacto ambiental de los embalses, recibido con fuertes críticas, sobre todo por parte de Gas Natural Fenosa, al Gobierno bipartito del PSOE y el BNG. El impuesto sobre el daño medioambiental por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada siguió adelante, también durante la etapa de Alberto Núñez Feijóo, y acabó envuelto en mil disputas en los tribunales.

La batalla de Iberdrola

Iberdrola formó parte activa de la lucha, recurriendo en todas las instancias contra el gravamen especial, aunque sin éxito. También lo hizo en los embalses de As Portas y Cenza, ahora en el ojo del huracán por el vaciado de las presas en plena escalada de la luz y la amenaza de la Xunta de imponerle sanciones de hasta 2 millones a cada uno de ellos.

El objetivo del grupo de Ignacio Sánchez Galán, que junto a Naturgy controla el 85% de la energía hidroeléctrica en Galicia, no era discutir las cantidades a abonar, sino tumbar el impuesto, al que achacaba “vicios de inconstitucionalidad”, consideraba que contravenía la normativa europea y que entraba en contradicción con la Ley General Tributaria.

Estos argumentos estaban así expuestos en una sentencia de marzo de este año del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en la que Iberdrola pretendía librarse del pago de 658.000 euros correspondiente a los ejercicios 2013 y 2014 y al primer semestre de 2015. La Sala de lo Contencioso, como sucedió con el resto de recursos, rechazó los argumentos de la compañía y avaló el impuesto. En el caso del embalse de As Portas, fue en julio de 2020 cuando la misma Sala de lo Contencioso juzgó el recurso de Iberdrola con el mismo resultado.

Iberdrola alegó doble imposición por el canon hidráulico de Rajoy

Los magistrados señalan en la sentencia de marzo de este año que “resultan evidentes (hecho notorio) los daños ambientales que provocan los embalses al afectar el curso natural de los ríos y, asimismo, que estos daños (que también afectan a los terrenos inundados por el vaso del embalse) son mayores cuanto mayor es el embalse, y que dichos daños deben ser revertidos -en la medida de lo posible- por su causante”.

Rechazaron así el argumento de Iberdrola de que no existía una finalidad medioambiental real detrás del impuesto. Al contrario, argumentan que la Xunta está legitimada a crear el tributo al tener el deber constitucional de proteger el medio ambiente y reparar en lo posible los daños que en este se inflijan.

También rechaza que sea discriminatorio respecto a las mini-centrales al gravar solo a los embalses de gran tamaño, pues entiende el tribunal que tiene un carácter disuasorio que incentiva a minorar el impacto ambiental de la actividad.

Iberdrola alegó que el canon hidráulico creado por Mariano Rajoy suponía una doble imposición respecto a la normativa gallega, del mismo modo que el impuesto a la generación eléctrica, pues gravan tres veces la misma actividad.

“Pese a las similitudes que pueda haber entre estos tributos, que giran sobre la producción de la energía eléctrica, es evidente la diferente finalidad a la que responde cada uno de ellos, que como hemos expuesto anteriormente, en el caso del impuesto de la Ley 15/2008 (de la Xunta), es la de compensar los efectos negativos a que se encuentra sometido el ámbito natural de Galicia por la realización de actividades que afectan a su patrimonio fluvial natural y, reparar el daño ambiental causado por dichas actividades. En cambio, el canon hidráulico tiene por finalidad la protección y mejora de los bienes del dominio público hidráulico; y la creación del IVPEE (a la generación eléctrica) ha tenido por finalidad principal reducir el llamado déficit tarifario del sistema eléctrico.

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