Frinsa gana en el Supremo con su ofensiva contra el Gobierno por el hachazo a la cogeneración

El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso que la segunda mayor conservera gallega presentó a finales del año pasado para evitar que el Gobierno recortase la rentabilidad de su planta de cogeneración

Ramiro Carregal

Ramiro Carregal, máximo accionista de Frinsa

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Frinsa dobla el pulso al Gobierno por el hachazo a la cogeneración. La Sección 3 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso que la segunda mayor conservera gallega presentó contra la Orden TED/171/2020, de 24 de febrero, que establecía el nuevo régimen retributivo de las instalaciones de cogeneración.

La compañía capitaneada por Ramiro Carregal, que facturó 524 millones de euros y que prácticamente duplicó sus beneficios hasta los 31,1 millones en 2019 (último dato disponible) acudió a los tribunales a finales del año pasado al entender que la nueva medida del Gobierno asestaba un golpe a su planta de cogeneración de 13.180 kilovatios de potencia.

El campo de batalla del CO2

El punto central de la ofensiva de Frinsa contra la medida del Gobierno giraba en torno a los derechos de emisión de CO2. La compañía acusaba al Ejecutivo de Pedro Sánchez de haber «incumplido la obligación de hacer una estimación del coste de adquisición de los derechos de emisión de CO2», según recoge la sentencia del juez José Manuel Bandrés.

Según Frinsa, el Gobierno habría infringido el artículo 14 de la Ley del Sector Eléctrico por haber renunciado a fijar el valor de los derechos de emisión de dióxido de carbono «atendiendo a los precios de mercado de futuros». Esta es una de las principales partidas de coste de las plantas de cogeneración y, por tanto, un cálculo excesivamente bajo como el que denunciaba la conservera asestaría un golpe a su rentabilidad.

«Sería incoherente mantener una valoración del coste de adquisición en 24,72 euros la tonelada de CO2 que va a mantener constante e invariable durante la totalidad del periodo regulatorio de 2020 a 2025, cuando existen indicios del comportamiento alcista del mercado de derechos de emisión de CO2, según refleja el dictamen pericial aportado a las actuaciones», recoge la sentencia.

Y es que el precio de estos derechos para poder emitir CO2 han protagonizado una escalada en lo que va de 2021 hasta el punto de que ya triplican esos niveles inicialmente fijados al superar los 60 euros la tonelada.

A vueltas con los impuestos

También vinculado al CO2, otro de los puntos en discusión por parte de Frinsa giraba en torno al presunto golpe que esta orden ministerial asestaría a aquellas instalaciones de cogeneración que aportasen calor a instalaciones industriales que operasen en subsectores considerados en riesgo de fuga de carbono. «Provoca un trato diferente y discriminatorio entre las industrias que emplean la tecnología de cogeneración y las que no lo hacen», denunciaba la firma, según recoge la sentencia.

«La asignación gratuita de derechos de emisión en los sectores en «riesgo de fuga de carbono» es mayor que en aquellos sectores en los que no existe ese riesgo, por lo que resulta lógico que este factor tenga repercusión en el coste retribuido a la operación, pues las instalaciones que reciben mayores derechos de emisión de CO2 de forma gratuita tendrán que adquirir menos en el mercado para poder operar», apunta el juez.

Además de estas quejas por el CO2, la defensa de Frinsa también solicitaba que se anulase el cálculo del ajuste por desviación del precio de mercado. En concreto, según alegaban los abogados de la firma, el Gobierno no había «considerado el «Impuesto sobre el Valor de Producción de Energía Eléctrica del 7%», lo cual limitaba la rentabilidad de las instalaciones de cogeneración de Frinsa, que, según los datos del Instituto Enerxético de Galicia (Inega), son las decimoterceras con mayor potencia de toda la comunidad.

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