Enel, dueña de Endesa, sancionada en Italia por engañar a los consumidores
La Autoridad Garante de la Competencia de Mercado impone una sanción a la compañía de 3,4 millones por ofrecer información engañosa a los consumidores para inducirles a firmar un contrato en el mercado libre de la energía
La compañía Enel y varias agencias asociadas han sido sancionadas con 5 millones de euros por la Autoridad Garante de la Competencia de Mercado de Italia (AGCM) por “prácticas engañosas en la venta de servicios energéticos”. Tras numerosas denuncias de consumidores, la AGCM decidió abrir un procedimiento por el “manifiesto engaño de un mensaje pregrabado difundido por un contestador automático de Enel, por operadores de centros de llamadas”. El órgano ha decidido imponer una sanción de 3,4 millones para la empresa y 1,380 millones para las agencias Conseed, Seed, Zetagroup, New Working, Run y Sofi.
Según ha destacado la AGCM el «engaño» a los clientes se hacía con «la fecha de finalización del mercado protegido, es decir, del sistema de mayor protección de precios en el sector energético para los pequeños clientes finales. Esta fecha límite, prevista actualmente para el 10 de enero de 2024, fue señalada por los operadores como inminente o, en todo caso, con mucha antelación a la fecha real de finalización«.
Información engañosa y conducta agresiva
Tal y como apunta la Autoridad Antimonopolio, «en algunos casos, el paso del mercado protegido al mercado libre de la energía se presentó, en contra de la verdad, como obligatorio. La información engañosa pretendía inducir a los consumidores a firmar un contrato en el mercado libre de la energía con Enel».
«Además, la conducta fue agresiva debido a las insistentes y repetidas llamadas telefónicas que difundieron el mensaje pregrabado, dirigido también a los numerosos consumidores que no habían dado su consentimiento previo para ser contactados con fines de marketing».
Por su parte, las agencias «realizaron a sabiendas su actividad de venta valiéndose de subagencias y agentes individuales -no autorizados por Enel- que disponían indebidamente de listas de clientes pertenecientes al mercado protegido y que utilizaban un contestador automático para promover las ofertas comerciales de Enel«.
Esto se considera «una práctica comercial desleal porque podía distorsionar el comportamiento económico de los consumidores en relación, además, con un servicio de interés primordial, como es el suministro de servicios energéticos».
Responsable por no aplicar un control eficaz
La Autoridad considera que Enel ha sido «responsable de no haber aplicado un sistema de control eficaz sobre las formas en que sus agencias asociadas, subagencias y agentes vinculados a ellas contactaban con los clientes y adquirían nuevos contratos en el mercado libre de la energía, mediante un comportamiento engañoso y agresivo».
La investigación realizada durante el procedimiento demostró que «Enel era plenamente consciente del alcance y la relevancia de las conductas, así como de su incapacidad para adoptar las medidas adecuadas para prevenir y evitar que dichas conductas se extendieran tan ampliamente en el mercado».
Versión de Enel
En un comunicado la compañía lamentó que la Autoridad Garante de la Competencia de Mercado no haya «tenido en cuenta las acciones emprendidas por la compañía, como las innumerables denuncias presentadas ante las Autoridades Judiciales y las importantes sanciones contractuales aplicadas, para contrarrestar el fenómeno de las prácticas desleales puestas en marcha por operadores que actúan haciéndose pasar por Enel o -en un número limitado de casos- contraviniendo las estrictas normas de conducta impuestas» por la misma.
Según la compañía, se la ha penalizado «sin prueba alguna de corresponsabilidad directa» por unos hechos de los que «no obtiene ninguna ventaja de dicha conducta indebida, sino solo un importante daño económico y de reputación» y recordó que no tiene «poderes de inspección y control sobre terceros.