Embargo millonario a José María Castellano por un fraude del IVA en ONO
La excúpula de ONO, liderada por el catedrático José María Castellano, que ocupó su presidencia, deberá abonar parte de las cuotas de IVA defraudadas en Vodafone
La Audiencia Provincial de Madrid ha fijado que tres exdirectivos de ONO tendrán que abonar parte de las cuotas de IVA defraudadas en el ejercicio 2014, estimando en parte un recurso presentado por Vodafone contra un fallo del Juzgado de lo Mercantil números tres de Madrid de marzo de 2018. El juzgado había desestimado la demanda de la operadora británica contra la excúpula de ONO por su posible responsabilidad en un fraude de cerca de 60 millones en el IVA.
La demanda se dirigía contra el expresidente José María Castellano, la ex consejera delegada Rosalía Portela y el entonces director financiero Carlos Sagasta, cesados de sus puestos después de la integración de ambas compañías en 2014, cuando Vodafone adquirió el 100% del capital de ONO. El embargo al que se enfrentan los tres exdirectivos podría ascender a unos 18 millones de euros.
Lo que reclamaba Vodafone
La operadora británica reclamaba una compensación de 140 millones de euros en concepto de daños y perjuicios, por supuestas negligencias de los exdirectivos y graves irregularidades en el área de negocio de reventa internacional de voz. Estas irregularidades habrían derivado en un fraude fiscal que presuntamente ocultaron a Vodafone con el objetivo de no entorpecer el proceso de compra y poder cobrar los bonos pactados en caso de venta de la empresa.
El Juzgado de lo Mercantil número tres consideró, en marzo de 2018, que antes de la adquisición Vodafone estaba al tanto de la investigación de la Agencia Tributaria y no puso ninguna objeción a las condiciones de la operación, por lo que no cabía reprochar “falta de información o comportamiento engañoso” por parte de los exdirectivos de ONO.
Una nueva sentencia de la Audiencia
Pero en una sentencia de abril de 2021 que no había trascendido hasta ahora, la Audiencia de Madrid señala a los tres exdirectivos como obligados solidarios, si bien les condena a abonar exclusivamente las cuotas de IVA defraudadas del periodo comprendido entre febrero y agosto de 2014.
El consejo de administración de ONO aprobó en 2011 un plan de incentivos a largo plazo que incluía una retribución variable ligada a la revalorización de las acciones de la empresa, para retribuir, retener e incentivar a un grupo reducido de directivos cuya permanencia y motivación consideraba estratégica.
Los incumplimientos de Castellano
Vodafone alegaba que Castellano, entre otros, persiguió “con grave incumplimiento de sus obligaciones, la consecución de algunos eventos de liquidez” con la única finalidad de obtener la prima y presionó a los responsables del área de reventa internacional de voz para que aumentasen «extraordinariamente y a cualquier precio los ingresos de dicha área, permitiendo que operara ajena a los más elementales mecanismos de supervisión y control”.
El juzgado mercantil especificaba que no estaba acreditada la relación de causa y efecto entre la acción de los tres directivos y el daño producido, pero la Audiencia Provincial considera “diáfana la existencia de nexo causal”.