El Supremo confirma que Iberdrola manipuló el mercado pero rebaja la multa

Impone una sanción a la eléctrica de 5,3 millones por traspasar a 268.000 clientes de la tarifa de último recurso al mercado libre sin consentimiento

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Iberdrola tendrá que pagar 5,3 millones de euros por competencia desleal, una multa rebajada por el Tribunal Supremo en un 50% respecto a la sanción original, que era de 10,6 millones. La sala tercera de lo Contencioso-Administrativo rebajó la sanción que en febrero de 2014 aplicó la Comisión Nacional de Competencia a Iberdrola, Iberdrola CUR e Iberdrola Generación, al entender que el importe «no fue proporcional ni se graduó correctamente».

El Supremo considera que la energética cometió una infracción a la ley de defensa de la competencia al traspasar a 268.000 clientes, fundamentalmente pequeñas y medianas empresas, de la comercializadora de último recurso a la de mercado libre. La normativa sectorial obliga a disponer del consentimiento expreso del cliente para el cambio de suministrador de energía eléctrica.

Competencia consideró un agravante que la infracción se produjera en pleno proceso de liberalización del mercado eléctrico, con las empresas compitiendo por la captación de clientes. Una de las compañías rivales, Gas Natural Fenosa, presentó la denuncia.

Atenuantes

El Supremo, sin embargo, rebaja la multa al considerar varias circunstancias que reducen su responsabilidad. Entre ellas, el corto periodo de tiempo de la infracción, los ocho meses que transcurrieron entre agosto de 2009 y marzo de 2010.

También considera que el número de consumidores afectados, unos 268.000, «es poco relevante» y relativiza el efecto de la infracción sobre el resto de empresas comercializadoras, a las que la actitud de Iberdrola situó en una posición de desventaja competitiva «pero no les cerró la posibilidad de dirigir ofertas de contratación a los clientes que las recurrentes habían traspasado al mercado libre», dijo el cuerpo judicial.

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