El juez da la razón a New Balance en su pulso contra uno de sus mayores clientes en Galicia

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Redondela (Pontevedra) ha denegado la cautelar que reclamaba Experience Group para retener el suministro de productos de New Balance a sus tiendas

Imagen de modelos de New Balance, que en 2016 compró la pontevedresa Alfico

Imagen de modelos de New Balance, que en 2016 compró la pontevedresa Alfico

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Redondela (Pontevedra) deniega la petición de Experience Group para forzar a Alfico (filial gallega de New Balance) a suministrar productos de la marca para sus tiendas.

El juez ha desestimado la petición de medidas cautelares que reclamaba Experience Group para hacer valer la vigencia de sus contratos hasta diciembre de 2025, la fecha inicialmente acordada, pero que Alfico adelantó a 2021 ante los reiterados impagos.

Según el juez, Experience Group afirmaba en su demanda que el objetivo de Alfico y New Balance «es hacerse con el negocio de la actora a coste cero» y que «frenar esta estrategia es el cometido último de la medida». Además, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Redondela también ha considerado «una petición superflua» la prohibición de comunicarse con cualquier agente que tenga relación contractual con la demandante. Por ello, ha rechazado imponer esa medida al concluir que «no presenta las características de instrumentalidad necesarias con la futura demanda».

El juez no ve riesgo de insolvencia

Sobre la solicitud de que se ordene cumplir con el suministro durante la tramitación del proceso, el juez ha advertido en su auto de que existen «dudas que desdibujan la apariencia de buen derecho necesaria para adoptar una medida tan gravosa para la libertad empresarial del demandado». De hecho, ha asegurado que «el relato efectuado por el actor no ofrece en este momento la claridad necesaria para poder adoptar una medida cautelar anticipativa del fondo de la sentencia», por lo que ha denegado las medidas cautelares interesadas.

En este sentido, ha entendido que «el posible perjuicio irrogado siempre resultaría resarcible por la vía indemnizatoria» (pese a que Experience ha alertado de un posible cierre de tiendas por la pérdida del contrato) y ha apuntado que no se ha sugerido «un riesgo de insolvencia en la demandada que pueda frustrar esta posibilidad».

La postura de New Balance

Por su parte, tras conocerse el auto, New Balance ha emitido un comunicado en el que ha insistido en que decidió que su filial española Alfico «suministrara la mercancía a las tiendas Experience con unas condiciones de pago muy concretas». Además, ha asegurado que le comunicó a Experience que, «tal y como establecía el contrato, el 31 de diciembre expiraría el acuerdo de licencia» de los productos.

Adicionalmente, ha apuntado que «Alfico rescindió los contratos de suministro en octubre de 2021″ ante «el impago de cantidades adeudadas» por Experience, aunque ofreció a sus directivos «seguir suministrando la mercancía» en «condiciones de pago diferentes».

Economía Digital Galicia

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