El Constitucional desenmascara la ingeniería fiscal de Nestlé en España

El tribunal rechaza las peticiones de la empresa alimentaria para desgravarse impuestos por la venta de su división láctea después de ser cazada por Hacienda

Imagen del logotipo de Nestlé durante la última junta de accionistas de la empresa, celebrada en Lausana (Suiza). EPA/JEAN-CHRISTOPHE BOTT

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El Tribunal Constitucional hace oídos sordos a las peticiones de Nestlé España. El gigante alimentario, que cerró el 2017 con unas ventas de 1.925 millones de euros en el país, sufrió el pasado verano un revés judicial que arrastraba desde el año 2006, cuando vendió parte de su negocio de lácteos a la francesa Lactalis. Con la transacción, la multinacional trató de deducirse más de 150 millones en impuestos al declarar pérdidas contables pero Hacienda detectó la maniobra y la justicia dio la razón al Estado.

La vía judicial saltó de recurso en recurso impulsada por la compañía hasta el Constitucional. Fuentes del tribunal explican a Economía Digital que el recurso de amparo se inadmitió al no apreciarse “especial trascendencia constitucional” para aceptar las demandas de la multinacional.

Según el artículo 50.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, los magistrados sólo pueden actuar cuando el procedimiento tenga especial trascendencia. Las peticiones de Nestlé y su guerra tributaria con Hacienda estaban lejos de encajar en la definición. Supuso el fin de la carrera iniciada en 2016, pues ya no queda una autoridad superior a la que recurrir.

Nestlé abrió la batalla judicial con un recurso ante la Audiencia Nacional

El origen se remonta a hace dos años, cuando los técnicos del fisco iniciaron una inspección del Impuesto de Sociedades de la empresa para el periodo 2004-2006. En las pesquisas rechazaron las declaraciones hechas por la sociedad y la obligaron a abonar los 152,1 millones que pretendía ahorrarse en impuestos. Los abogados de Nestlé presentaron un recurso ante la sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional, que estimó parcialmente la demanda.

Sin embargo, el grupo suizo quiso más y, guiado por sus asesores fiscales, interpuso un segundo recurso ante el Tribunal Supremo que fue desechado en junio de 2017. En el fallo al que ha tenido acceso Economía Digital, la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo desestiman todos los argumentos de los letrados de la empresa.

En su veredicto, el alto tribunal hace suyas las tesis del abogado del Estado: «Lo que aquí ha hecho Nestlé consiste en pronosticar futuras posibles pérdidas y contabilizar ese futuro negativo a la fecha actual, activarlo como números rojos y decir que esto provoca un valor negativo de la división de lácteos vendida». Es decir, contabilizar la posibilidad de pérdidas en próximos ejercicios como un menoscabo real en la actualidad.

Jacques Reber, consejero delegado de Nestlé España.

Jacques Reber, consejero delegado de Nestlé España.

El mismo letrado añade que no existe ninguna norma que ampare la deducción de impuestos en este caso y sí hay varias leyes que prohíben la maniobra, como el Real Decreto Legislativo 4/2004 y la propia Ley del Impuesto de Sociedades. «No se pueden recoger unas pérdidas inexistentes», zanja la sentencia que además obliga a pagar las costas del procedimiento a la empresa.

Consultado por este medio, un portavoz de Nestlé defiende que la pérdida registrada en 2006 por la creación de la joint venture con Lactalis era «fiscalmente deducible». «No obstante, la administración aplicó un criterio diferente y no lo consideró así», admite. A pesar de ello, la multinacional de origen suizo «en ningún momento ha sido sancionada» y recuerda que el importe «ya fue regularizado en su momento».

«La situación de la compañía con Hacienda es completamente regular», añade. Y zanja: «La política de la empresa es cumplir con las obligaciones tributarias a las que está sujeta en todos los países en los que opera».

El entramado de Nestlé para ahorrarse el pago de impuestos

Nestlé diseñó un complejo entramado para vehicular la venta de su negocio de lácteos y ahorrarse el pago de impuestos en ejercicios venideros. Trataremos de explicarlo de manera simple. A comienzos de 2006, la matriz de Nestlé y la de Lactalis llegaron a un acuerdo para conformar una joint venture que combinara sus respectivos negocios de lácteos y así poder acercarse a competir con el rey del sector, Danone.

El 31 de mayo de ese mismo año, Nestlé España constituyó en el país la sociedad Lactalis-Nestlé Iberia, y medio año después vendió la totalidad de las acciones de la flamante empresa a Lactalis-Nestlé Francia. 

En noviembre, el holding de Nestlé concedió créditos por valor de 152,9 millones de euros a Lactalis-Nestlé Francia. Un mes después, Nestlé España adquirió esos préstamos para convertise en acreedora de la joint venture gala.

Sin embargo, el mismo 1 de diciembre vendió su actividad de lácteos y el préstamo de más de 150 millones de euros a Lactalis-Nestlé Iberia por tan sólo un euro. Según el fallo, el valor de la operación era de 210,6 millones entre el crédito y los activos transferidos. El comprador no se hizo cargo de deuda alguna de la unidad adquirida.

Nestlé España se anotó unas pérdidas de 210 millones que, tras varios ajustes, se quedaron en 152,1 millones a compensar con una deducción tributaria

Además, 595 trabajadores de Nestlé España pasaron a la empresa conjunta, cifrándose el valor de las indemnizaciones en 27 millones de euros en caso de despido. Esta cifra no apareció por ningún lugar en el cuaderno de venta. Tampoco figuran en la operación el precio de las recetas y las técnicas de fabricación, el know-how y el resto de intangibles vitales para el negocio de yogures, postres y quesos frescos traspasado.

Encima, Nestlé España recibió una subvención de 224.785 euros. Así, la filial española de la multinacional suiza terminó por anotarse unas pérdidas de 210,5 millones de euros en la operación que, tras varios ajustes, dejaron los números rojos definitivos en 152,1 millones «a deducir en ejercicios futuros». 

De este modo, queda claro que se trataba de una operación de ámbito europeo pensada por las matrices de ambas empresas, que no incurrieron en ningún tipo de pérdida económica. Por tanto, carece de sentido el argumento de los números rojos de la filial española, pues fueron compensados por otras empresas del grupo.

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