Crecen los líos en Babcock: sanción de 4 millones por impuestos en plena guerra laboral
La Audiencia Nacional desestima el recurso de la concesionaria de servicios de emergencia de la Xunta y ratifica la "infracción tributaria grave" de la antigua Inaer, ahora integrada en el grupo británico
La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso administrativo presentado por Babcock contra la liquidación del Impuesto de Sociedades de los ejercicios 2010 a 2013 y contra las sanciones de más de 4 millones de euros que impuso Hacienda a la antigua Inaer por una «infracción tributaria grave». El procedimiento atañe a los últimos ejercicios en los que Luis Miñano, fundador y artífice del crecimiento de la compañía, estuvo al frente del grupo, con KKR e Investindustrial controlando la mayoría del capital. La sentencia de la Audiencia Nacional, fechada el pasado 26 de octubre, llega cuando la concesionaria de servicios aéreos de emergencia está otra vez en proceso de venta, en este caso, al fondo Ancala Partners.
La resolución, que puede ser recurrida en casación, declara la pertinencia de las sanciones al rechazar las distintas alegaciones del operador británico contra la regularización de 4,45 millones que decretó la Agencia Tributaria y que avaló posteriormente el Tribunal Económico Administrativo Central. El conflicto orbita en torno a un préstamo intragrupo de 90 millones de euros y que, a juicio de los inspectores y por ahora también de los magistrados, no podía generar una deducción de los gastos financieros. La posible simulación de este préstamo es el motivo de las sanciones.
Babcock es la principal concesionaria de servicios aéreos de emergencia en España. Presta para la Xunta los servicios de salvamento marítimo y de lucha contra el fuego, además de ser uno de los socios del aeródromo de Rozas. A falta de un posible recurso más, el desenlace del litigio llega en medio de movilizaciones en Babcock MCS Fleet Management, filial que reúne a unos 600 trabajadores encargados del mantenimiento y reparación de las aeronaves.
Tras varias jornadas de protesta, todo apunta a que las dificultades para llegar a un acuerdo con la dirección para mejorar las condiciones laborales desembocarán en una huelga. El último convenio procede de la etapa de Inaer y los salarios llevan prácticamente congelados desde entonces, siete años. El contexto inflacionista acelera la pérdida de poder adquisitivo de la plantilla y aviva las movilizaciones.
Un préstamo de 90 millones desde Luxemburgo
La raíz de las sanciones contra las que litiga Babcock está en 2011. En abril de ese año, World Helicopters, el holding con sede en Luxemburgo del que colgaba Inaer, concedió a la española Inaer Aviation Group un préstamo de 90 millones. Este dinero fue utilizado por el grupo español para realizar una ampliación de capital por la misma cuantía en una de sus filiales, Proiris Aviation Spain. La Inspección concluyó que el crédito constituía, en realidad, un «negocio simulado» pues, bajo la apariencia de un préstamo, se estaba realizando, en realidad, una aportación de capital. Consecuentemente, no admitió la deducción de los gastos financieros correspondientes en los ejercicios objeto de comprobación.
Además de la vinculación entre las sociedades, hubo otros elementos que influyeron en la decisión de los inspectores, como la ausencia de un calendario de pagos para la devolución del préstamo, la no exigencia de garantías pese al elevado importe, o la mala situación patrimonial de Inaer, que «aconsejaba no prestar cantidad alguna, habida cuenta de la nula capacidad para devolver importe alguno», dice la resolución del TEAC. Los 90 millones del crédito fueron capitalizados al año siguiente, en 2012.
«En realidad es, a juicio de la Inspección, como si se hubiese concedido un préstamo a sí mismo para suscribir y desembolsar la ampliación de capital de Proiris, pero generando unos gastos financieros deducibles, de ahí que se considere que la única o esencial intención de la operación era de naturaleza fiscal«, indica el TEAC.
Babcock presentó diversas alegaciones contra los 4 millones de sanción, desde la improcedencia de la misma hasta la prescripción de los ejercicios 2010 y 2011 por haberse superado el plazo de duración del procedimiento inspector. Justificó el préstamo por la inversión para la adquisición de la británica Bond Aviation, la operación que dio origen al grupo Avincis. La Audiencia Nacional, como antes del TEAC, rechazó todos los argumentos de la compañía.