Coren, víctima de una estafa millonaria urdida por militares en la venta de carne al Ejército
La Audiencia Provincial de Madrid condena a un cargo del Ejército por un delito continuado de estafa y considera Defensa responsable civil subsidiario
El Cuartel General del Ejército, en Madrid, sede del Regimiento de Infantería Inmemorial del Rey, sirvió durante casi tres años de tapadera casi perfecta para que cargos militares urdiesen una trama de compra de suministros de vacuno y ave de Coren y su grupo de empresas que luego eran revendidos por los integrantes de la red en otras comunidades. Así lo expone una sentencia de la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid, que impone condenas de cinco años y nueve meses de cárcel, así como seis años de inhabilitación especial para el desempeño de cargo público, para uno de los militares acusados, y otra de tres años de cárcel para uno de sus socios. El Estado, en este caso el Ministerio de Defensa, ha sido condenado como responsable civil subsidiario.
La sentencia que condena al militar y su socio se produce tras la vista oral celebrada los pasados 3 y 4 de mayo en la Audiencia Provincial de Madrid. El tribunal considera que la estafa continuada a Coren y sus filiales se eleva, al menos, a 1,1 millones de euros, que fue el importe de las facturas que remitía el grupo ourensano a la sede del Regimiento Inmemorial del Rey por unos suministros que creía iban destinados al servicio de comedores del Cuartel General del Ejército, y que los condenados se encargaban de revender después, por debajo de su precio, en comunidades como Andalucía y Levante.
Cuatro empresas del grupo
Las empresas del grupo ourensano víctimas de la trama fueron la propia Coren, Gallega de Alimentación SA (su comercializadora), Novafrigsa e Industrias Frigoríficas del Louro (Frigolouro), que fueron las que iniciaron las acciones judiciales al detectar los precios por debajo del mercado en las ventas de sus productos en Andalucía y Levante. En marzo de 2006 se admitió a trámite la primera querella interpuesta por el grupo gallego, pero el proceso de instrucción, como la propia sentencia indica, se dilató de forma poco justificable y no fue hasta mayo de 2015 cuando el caso llega a la Audiencia Provincial de Madrid.
Los hechos juzgados se remontan a 2003, cuando los acusados entablan relación con uno de los cargos del departamento comercial de Coren en Madrid. La sentencia reconstruye los inicios de la trama, y considera probado que los condenados recibían en la sede del Cuartel General del Ejército, de uniforme y acompañados de subalternos, al responsable de Coren, al que hacían creer que las compras, que se realizaron durante más de dos años, iban destinadas a suministrar productos del grupo cooperativo para dar 1.500 comidas en las dependencias del citado cuartel.
Desvíos a Mercamadrid
Las facturas eran firmadas por los integrantes de la trama, que utilizaban el sello oficial del Regimiento Inmemorial del Rey, añadiéndole a la operativa todos los ingredientes de supuesta veracidad. Sin embargo, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Economía Digital, pronto llegarían los retrasos en los pagos e incluso los impagos de algunos pedidos. Los militares, que recibían uniformados y en sus despachos, incluso llegaron a pedir a sus interlocutores en Coren que los suministros fueran enviados a salas de Mercamadrid por problemas de capacidad en las instalaciones del Cuartel General del Ejército.
Cuando los responsables de Coren detectaron que se estaban realizando ventas a la mitad de precio de sus productos, etiquetados, el militar cabecilla de la trama alegó que el Ejército «tiene que dar salida a los productos que no se consumen en sus cuarteles, vendiéndolos libremente en el mercado a terceros civiles».
Uso del cargo público
«Toda la ilícita actuación descrita», señala la sentencia a la que ha tenido acceso Economía Digital, «se realizó aprovechando la condición de militar de uno de los imputados, dado que los hechos denunciados se cometen cuando el citado se hallaba en el ejercicio de su cargo, y aprovechándose de los medios, instalaciones alquiladas y de su titularidad, uniformes, sellos y marcas».
La Abogacía del Estado, en el juicio, pidió la libre absolución de dos de los acusados, y rechazó la petición de responsabilidad civil subsidiaria para el Ministerio de Defensa. La sentencia deja claro que «la responsabilidad subsidiaria del Estado se vincula a que el autor de la infracción penal la hubiera perpetrado con ocasión del servicio público que presta».