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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de cinco millones de euros a Telefónica por no responsabilizarse de una «gran proporción» de las averías en las líneas alquiladas a sus competidores, al considerarlas falsas.

Como consecuencia de esta declaración de falsa avería, la CNMC dice que Telefónica aplicó a estos operadores unas penalizaciones mayoristas (26,12 euros por línea) por esas gestiones.

La infracción es considerada como «muy grave» por el órgano regulador e incumple uno de los apartados de la Oferta mayorista del Bucle de Acceso de Abonado (OBA) durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de octubre de 2015.

Tras el anuncio esta mañana de la CNMC, Telefónica ha reaccionado con rapidez y ha expresado en una nota su más enérgico rechazo a la multa impuesta por Competencia. Comunica que recurrirá la sanción ante la Audiencia Nacional y solicitará la suspensión cautelar.

Telefónica niega las acusaciones

Telefónica asegura que «no está incumpliendo las obligaciones» que le impone la OBA en relación con el tratamiento de las averías y añade que tampoco puede deducirse tal cosa de los hechos expuestos en la resolución.

La CNMC ha explicado que tiene acreditado un alto porcentaje de averías incorrectamente imputadas como «falsas». En concreto y según Competencia, entre el 53,8% y el 78,2% del total de falsas averías identificadas por Telefónica estarían mal imputadas.

Estas prácticas asociadas a la gestión de falsas averías pueden haber supuesto, según calcula la CNMC, pérdidas para los operadores alternativos de varios millones de euros, además de afectar a la imagen y credibilidad de estas empresas frente a sus clientes.

Telefónica ha replicado que la CNMC toma como muestra un centenar de las llamadas «falsas averías» sobre un total de 700.000, lo que califica como «un porcentaje ínfimo -el 0,014 %- que evidentemente es insuficiente para extrapolar resultados». La compañía ha recalcado el hecho de que es «una referencia europea» en la prestación de servicios mayoristas al resto de operadores del mercado.

La infracción que se le imputa a Telefónica está tipificada como muy grave en el artículo 76.12 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, por haber incumplido el apartado 1.6.10 de la OBA.

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