Caso de la silicosis: un juzgado de Vigo amarga la millonaria salida a bolsa de Cosentino
Con una valoración de casi 3.000 millones, el gigante del Silestone se tambalea después de que la titular del Juzgado de lo Penal número dos de Vigo haya condenado a su presidente a seis meses de prisión y al pago de una indemnización de 1,1 millones a los trabajadores de una marmolería gallega afectados por silicosis
Crisis reputacional en toda regla. La sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo en la que se reconoce la responsabilidad de el grupo andaluz Cosentino -líder mundial en la fabricación de superficies de cuarzo– en cinco delitos de lesiones graves por imprudencia a otros tantos trabajadores afectados por silicosis en una marmolería de la ciudad olívica ensombra la posible salida a bolsa de la multinacional prevista para este 2023.
Cosentino es un grupo familiar controlado por los hermanos Francisco –condenado en la sentencia del juzgado de Vigo–, Eduardo y José Martínez-Cosentino Justo. Los dos primeros controlan el 40% de la compañía, mientras que el último lo hace sobre el 20%.
Francisco Martínez-Cosentino Justo es también el presidente del Consejo de Administración de la compañía, del que también forman parte sus hijos y sobrinos.
La multinacional, que produce y distribuye superficies para la arquitectura y el diseño, tiene su sede central en Almanzora (Almería), distribuye sus productos en más de 110 países y cuenta con instalaciones propias en 40. La cifra de negocio de Cosentino creció en 2021 un 30% hasta alcanzar los 1.401 millones de euros frente a los 1.078 obtenidos el año anterior. Por su parte, el ebitda se situó en los 275 millones de euros, lo que supone un 29% por encima del obtenido en 2020.
El pasado mes de enero la multinacional contrató los servicios de las firmas de inversión Goldman Sachs y JPMorgan como coordinadores globales para preparar su salida a bolsa a lo largo de este verano. Su aterrizaje en el mercado bursátil, con una capitalización estimada entre los 2.500 y los 3.000 millones de euros, aspiraba a ser uno de los grandes estrenos para este ejercicio. Pocos detalles se conocen del plan más allá de que la empresa estaba al «principio del camino» para conseguirlo. Aunque no precisaron qué porcentaje de la compañía cambiará de manos, lo que sí parece claro es que los tres hermanos mantendrán el control, por lo que la horquilla del paquete accionarial que saldría a la venta podría estar entre el 25% y el 49%.
Según estiman los analistas, la caída de la valoración inicial de la empresa a consecuencia de la pérdida de reputación y confianza ante los posibles inversores por la sentencia del tribunal gallego podría complicar su irrupción en el parqué. Con todo ello, parece que desde la propia empresa guardan cautela al respecto. Fuentes de la compañía habrían reconocido que por el momento, no hay una decisión tomada.
Falta de información
La sentencia del juzgado vigués, a la que ha tenido acceso Economía Digital Galicia, condenó a Francisco Martínez-Cosentino a una pena de seis meses y tres días de prisión por los cinco delitos y al pago de una indemnización de 1,1 millones a los trabajadores de Granitel afectados por silicosis. La condena fue aceptada por el empresario tras asumir los hechos que le fueron atribuidos por la Fiscalía durante la comparecencia por videoconferencia desde Almería.
La jueza Montserrat Delgado considera como hecho probado que desde Cosentino no se había facilitado a la marmolería viguesa la información suficiente sobre cuál era la composición de silestone, material que distribuyó la multinacional y que provocó que los cinco empleados inhalaran polvo de sílice durante años de actividad laboral de manipulación de este material que terminó por provocarles silicosis.
La magistrada señala en la resolución que el silestone, un conglomerado de cuarzo, es «mucho más peligroso» que otras rocas naturales para la salud de los operarios que lo trabajan ya que posee un porcentaje de sílice «de alrededor del 95%, frente al porcentaje al 20% que posee el granito o el 3% del mármol». «La cantidad de partículas que libera su manipulación es mayor que la que liberan el granito o el mármol, lo que incrementa el riesgo de inhalarlas y de que lleguen a los alvéolos pulmonares de quiénes lo trabajan, multiplicándose con ello el riesgo para estos de contraer la silicosis», incide la magistrada.
En relación a la actuación de Cosentino, la sentencia señala que conocía desde el año 2000 los riesgos y la peligrosidad que conllevaba la manipulación del silestone puesto que «varios de sus empleados habían contraído la silicosis al elaborarlo en su fábrica de Almería». Sin embargo, siempre según la sentencia, no facilitó ninguna información a la marmolería viguesa hasta el año 2009, algo que considera una «conducta negligente».
En todo caso, la jueza Delgado sostiene que lo exigible a la multinacional es que «por iniciativa propia», hubiera facilitado a tiempo – con la primera entrega del producto o incluso antes – la ficha de seguridad del material que iban a manipular los trabajadores, así como la documentación relativa a las revisiones posteriores.
La sentencia también recuerda que en el momento en el que la multinacional entregó la ficha de seguridad resultó ser «muy deficiente y confusa» puesto que no informaba debidamente de la composición del producto. «Como ocurre con cualquier otro producto de piedra natural, como el cuarzo, el mármol o el granito, la elaboración (cortar, moler y otros tratamientos) e instalación del silestone puede generar polvo capaz de generar irritación en ojos, nariz y vías respiratorias», señalaba una ficha en la que luego se instaba al uso diligente del producto por la «elevada concentración de sílice» cuya inhalación prolongada o masiva podría provocar «fibrosis pulmonar y neumoconiosis como la silicosis». Esta información, a juicio de la magistrada, no era «ni adecuada, ni precisa, no ayudando a despejar las incógnitas».
Condena al dueño de Granitel
El proceso judicial se dirigía también contra el dueño de Granitel, que fue condenado a la pena de un año, tres meses y un día de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores y cinco delitos de lesiones graves por imprudencia grave.
La instalación de encimeras de silestone suponía el 90% de la facturación de la marmolería viguesa, constituida en 1989. Al realizar trabajos para cortar o pulir este material se genera un polvo con un elevado porcentaje de sílice libre cristalina que, si se respira, se puede incrustar en los alvéolos pulmonares dando lugar al inicio de la silicosis.
Ya en 1999, una empresa de prevención de riesgos laborales informó a la compañía de que las mediciones realizadas registraron valores por encima de lo permitido en este componente existiendo, por tanto, un «riesgo higiénico para la salud de los trabajadores». Por entonces, el técnico recomendó medidas correctoras como extractores, ventilación, humidificación mediante pulidores con aportación de agua o la obligatoriedad de mascarillas. Ninguna de estas opciones fue llevada a cabo, por lo que el tribunal entiende que el condenado actuó con una «falta de diligencia inexcusable».
A todo esto también hay que añadir que desde Granitel tampoco se facilitó que sus operarios realizasen reconocimientos médicos anuales hasta 2007, ni se contrató mediciones de sílice en el entorno laboral a pesar de la prescripción del servicio de prevención.
La sentencia destaca la responsabilidad del dueño de la marmolería puesto que «en ningún momento» se preocupó por averiguar la composición del producto ni qué medidas de seguridad requería.
Sentencia no extrapolable
Esta resolución judicial de conformidad, según han explicado desde Cosentino, «no es extrapolable a otros procedimientos pasados y futuros». En concreto, señalan que el acuerdo alcanzado «contempla únicamente la asunción de responsabilidad por información técnica insuficiente», lo que afectó «exclusivamente a los cinco operarios de una concreta marmolería», lo cual, a juicio de la empresa, no tiene «alcance general».
De esta forma, han destacado que en otros procesos que han implicado a la compañía, «las sentencias declararon la corrección de la información facilitada por Cosentino, declarando que había informado adecuada y suficientemente sobre sus productos». «Es imprescindible igualmente recordar que son los encargados de las marmolerías que transforman y manipulan estas superficies los que tienen la responsabilidad de garantizar que sus trabajadores cuentan con los medios de protección necesarios y los implementan adecuadamente», exponen.
Por este motivo, el acuerdo de conformidad alcanzado con el fiscal «sí comprende la acusación por el delito contra la seguridad de los trabajadores para la marmolería pero lo excluye respecto de Cosentino», según la mercantil desde donde han rechazado «haber ocultado que la manipulación de silestone haya provocado la mayoría de casos de silicosis que han afectado a 1.856 operarios».