Así es el contrato blindado del presidente de Pharma Mar
José María Fernández de Sousa ingresa de Pharma Mar 1,6 millones y su contrato fija un pago de 1,5 veces su sueldo anual en caso de cese
José María Fernández de Sousa-Faro lo es todo en Pharma Mar. El presidente ejecutivo y mayor accionista individual, perteneciente a toda una saga empresarial gallega, es el director de orquesta indiscutible en la compañía biotecnológica. Controla, directamente, un total del 11% de los derechos de voto en la compañía, a los que se suma la participación de su mujer, Montserrat Andrade Detrell, que detenta otro 4,6%.
La remuneración total al frente de Pharma Mar de Fernández de Sousa se situó el año pasado en 1,6 millones de euros. Según el informe de gobierno corporativo de la compañía, Fernández de Sousa-Faro percibió, como sueldo, un total de 879.000 euros. A ello hay que añadir su retribución variable a corto plazo, es decir, su bonus, otros 158.000 euros.
Dos consejeros ejecutivos
Suma y sigue. Su remuneración por pertenencia a comisiones del consejo fue de otros 126.000 euros. Y entre dietas y remuneración fija percibió un total de 97.000 euros. A mayores, Fernández de Sousa ingresó, según el mencionado informe, unos 316.000 euros por otros conceptos. En total, esos 1,6 millones de euros, que están en línea con los que había percibido el presidente ejecutivo un año antes, en 2017.
Solo otro consejero de Pharma Mar tiene un sueldo fijo en la compañía, además de lo que cobra por pertenencias del consejo. Se trata del consejero ejecutivo Francisco Fernández Puentes, que tiene una nómina de 262.00 euros. Es el vicepresidente de Pharma Mar.
El blindaje de Fernández de Sousa
Pharma Mar deja claro en su informe de gobierno corporativo que «la remuneración de los consejeros ejecutivos no está, en modo alguno, vinculada a la entrega de acciones o instrumentos financieros referenciados a su valor ya que, al ser los consejeros ejecutivos los principales accionistas de Pharma Mar, se entiende que sus intereses ya están lo suficientemente alineados con los de la sociedad».
Pharma Mar también detalla cuáles son las relaciones contractuales de su presidente. El contrato de prestación de servicios ejecutivos entre la sociedad y Fernández de Sousa permanecerá en vigor en tanto mantenga la condición de presidente del consejo de administración y primer ejecutivo de la sociedad, teniendo en cuenta que el contrato puede extinguirse por mutuo acuerdo de las partes, por desistimiento unilateral voluntario del presidente ejecutivo o por causa imputable a la sociedad.
La letra pequeña del blindaje
El contrato establece que Fernández de Sousa tendrá derecho a percibir una indemnización por importe equivalente a 1,5 anualidades brutas de la retribución reguladora. Como tal se entiende, según la compañía, «la media aritmética del importe total devengado durante cada uno de los dos ejercicios completos inmediatamente anteriores a la fecha de terminación de su contrato en concepto de retribución fija anual, retribución variable anual y retribución asistencial». Todo ello, si el contrato del primer ejecutivo se extinguiera por causa imputable a la sociedad.
Pero hay más miga. Pharma Mar establece que entre las causas imputables a la sociedad no solo está la extinción del contrato por voluntad unilateral o cese como consejero. También entiende en este capítulo, es decir, que el presidente es indemnizable, «por la modificación relevante de funciones o condiciones de prestación de los servicios, incluida la sucesión de empresa o cambio importante en la titularidad de la misma que tenga como efecto una renovación de sus órganos de administración».