La justicia blinda a Cabify frente a las multas de la Generalitat
Fuentes de la patronal de Uber y Cabify interpretan que la resolución del TSJC cambia las reglas del juego para los VTC en Barcelona
La paralización del reglamento de Ada Colau (AMB) contra las VTC, tumbado tras dos intentos, es ya una realidad. Pero el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que se conoció este miércoles implica otros cambios, más allá de que la normativa marcada para el 15 de julio no verá la luz tal como tenía previsto la alcadesa.
Las fuentes consultadas por Economía Digital prevén que el fallo del alto tribunal catalán comportará otros cambios importantes, como la anulación de cualquier sanción de la Generalitat a Cabify, única tecnológica que opera ahora en Barcelona tras la marcha de Uber, en base al incumplimiento del tiempo de espera.
El gobierno catalán ha ido informando con cuentagotas de expedientes incoados a la compañía, que ha recurrido todos los recursos hasta el punto en el que todavía no ha abonado un solo euro. En total, según la ultima comunicación del departamento de Transports, se han abierto 54 expedientes con sanciones de hasta 1.000 euros por cada uno.
Ahora, de acuerdo a la sentencia [consultar aquí] dictada el pasado 9 de julio, el razonamiento sobre el que se apoya el gobierno catalán para sancionar a Cabify podría no tener ninguna base. No solo caen los 45 minutos de precontratación adicionales a los 15 minutos de la Generalitat (artículo 11 del reglamento), sino cualquier lapso estipulado para las VTC.
Además, siguiendo la interpretación de las mismas fuentes, el responsable de sancionar a las VTC en suelo AMB, es decir, en Barcelona, no es la Generalitat, sino el propio ente metropolitano, a quien se le cedieron las competencias y cuyo régimen sancionador carece ahora de capacidad para multar por no cumplir con el intervalo de tiempo marcado.
Las mismas fuentes, analizada la situación, son claras. «Si yo fuera Uber, mañana volvería a operar en Barcelona». La compañía californiana siempre mantuvo que no pisaría nuevamente la capital catalana con la actual ley ni tampoco con la misma fórmula que Cabify — dejar de ser una plataforma que pone en contactos viajeros y chóferes para convertirse en una agencia de viajes — , pero fuentes cercanas a la compañía confirmaron a este medio que estudian desde ayer la resolución del TSJC.
El TSJC se apoya en el Comité de Garantías
El motivo de que los cuatro magistrados de la sala tercera del TSJC, la que ya tumbó el reglamento de Colau hace exactamente un año, reniega de los 15 minutos de la Generalitat es muy simple: toma como suyas las conclusiones que el Comité de Garantías Estatutarias estableció a finales de febrero contra el reglamento de la Generalitat.
Fragmento de la sentencia donde se reconoce la legitimidad de los argumentos del CGE.
Y es en los razonamientos de este organismo, formado por expertos de la administración, donde se acuerda por unanimidad que únicamente con 15 minutos de precontratación ya se «vulnera el derecho de libertad de empresa del artículo 38 de la Constitución», teniendo en cuenta que el lapso supone «una restricción no razonable» de los principios «de adecuación, necesidad y proporcionalidad».
Tampoco queda claro para el tribunal a qué se refiere el AMB en su normativa cuando habla «de la prestación efectiva del servicio». Es esta duda la que le ha servido a Cabify para volver a Barcelona con un nuevo modelo de trabajo, en el que no cumple los 15 minutos de espera en cada servicio, sino que los burla firmando un contrato anual con la empresa.
Siguiendo su lógica, la prestación efectiva del servicio empieza cuando se acepta el contrato y termina cuando finaliza el año. Una lógica que no respalda la Generalitat, que siempre ha considerado que cuando se ha referido a «prestación efectiva del servicio» lo ha hecho como sinónimo de tiempo que transcurre entre la solicitud y la recogida del pasajero.
Tampoco juega a favor de la administración catalana que el TSJC tenga en cuenta la adecuación de su normativa a la europea, donde no existe ninguna norma restrictiva como la que impuso la Generalitat a las VTC. «Nos vemos en la tesitura de tener presente los preceptos del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea«, que, entre otros aspectos, «prohíben el establecimiento de condiciones de prestación de servicio que impliquen en cualquier forma una ayuda a una o más empresas en perjuicio de sus competidores».
El taxi niega una derrota
Pese a todo, el taxi es optimista con la resolución. Fue Élite Taxi, la asociación más visible en la guerra contra Cabify y Uber, la que informó durante el mediodía de la decisión del TSJC. «De todo lo que pedíamos hemos ganado un 80% y hemos perdido ese 20% que era lo más importante», resumía Alberto (Tito) Álvarez en una rueda de prensa por la tarde.
Álvarez, un hombre cercano a Colau en sus posiciones ideológicas —hizo campaña por ella durante las elecciones municipales—, considera que la situación actual no es mala para el taxi.
¿Los motivos? Las VTC van a tener que dar cuenta de sus tarifas, tendrán fijados los días de fiesta y estarán obligadas a compartir información con el AMB referida a la situación de sus trabajadores.
Con todo, para Tito la regulación que se ha llevado a cabo para las VTC desde que se desató la conocida guerra del taxi ha sido favorable para el sector, sobre todo en Barcelona, donde solo opera una plataforma tecnológica y lo hace con un número de VTC menor al de hace un año.
Los próximos cinco días serán muy importantes. La medida del TSJC es cautelar y los abogados de todas las partes están trabajando: los de Élite Taxi y el AMB para preparar el recurso inmediato antes de que venza el plazo el próximo jueves por la mañana; los de la ACCO y Unauto se preparan para intentar tumbar más artículos del reglamento.