Un exdirectivo de DIA admite que los contratos con los franquiciados ocultaban informaciĆ³n
La cadena de supermercados convencĆa a los interesados con una cuenta de explotaciĆ³n de la tienda que no aparecĆa en el contrato y no se cumplĆa
El exdirector regional de Levante de DIA admitiĆ³ este miĆ©rcoles en sede judicial que los contratos de las franquiciasĀ no incluĆan la cuenta de resultados que usaban como cebo para convencer a los futuros franquiciados. Los resultados prometidos no se cumplĆan y cientos de tiendas quebraron y tuvieron que cerrar por las pĆ©rdidas acumuladas.Ā
Rafael Navarro estaba citado a declarar junto con Santiago PĆ”ramo, que fue durante 12 aƱos director de franquicias de DIA, ante la jueza Delia Rodrigo DĆaz, que instruye la causa por presunta estafa contra un franquiciado de Vila-Real hace mĆ”s de diez aƱos. Ambos aceptaron al fin declarar y dieron su versiĆ³n pese a que ya ninguno forma parte del staff de la empresa que controla Mikhail Fridman.Ā
PĆ”ramo y Navarro estĆ”n acusados, junto con DIA como persona jurĆdica, por los delitos de estafa, falsificaciĆ³n de documento privado, realizaciĆ³n arbitraria de derecho y/o apropiaciĆ³n indebida. El querellante argumenta, entre otras cosas, que cuando negociĆ³ hacerse cargo del supermercado, que entonces gestionaba la propia DIA, como franquiciado, Navarro le mostrĆ³ una cuenta de resultados de la tienda que daba grandes beneficios, con un margen del 13%.
Sin embargo, DIA no la incluyĆ³ en el contrato con el franquiciado, por lo que se convirtiĆ³ en una especie de promesa de beneficios que nunca se cumplieron. Navarro admitiĆ³ este miĆ©rcoles que, efectivamente, la cuenta existĆa y que se omitiĆ³ del contrato, por lo que no formaba parte de la documentaciĆ³n oficial con el franquiciado, lo que le impedĆa pedir cuentas a la cadena.
PĆ”ramo, por su parte, tratĆ³ de desvincularse del caso al argumentar que pese a dirigir el Ć”rea de franquicias, no cerraba personalmente los acuerdos ni redactaba los contratos, algo que, segĆŗn el mismo, hacĆa el equipo jurĆdico con el asesoramiento externo de Garrigues, por lo que desconoce si se incluye o no la cuenta de explotaciĆ³n de la tienda usada como argumento para convencer a posibles franquiciados.Ā
La franquicia duplicĆ³ ventas pero ni oliĆ³ los beneficios prometidos
El argumento del querellante es que dicha cuenta de resultados no era real pese a que se mostraba como tal. Aporta, ademĆ”s, un informe de un economista que lo corrobora. Ello se basa en que con una facturaciĆ³n de algo mĆ”s de medio millĆ³n de euros, la tienda tenĆa un margen del 13% y unos beneficios de mĆ”s de 60.000 euros.
Para la acusaciĆ³n, este margen no es real en el sector. Y el franquiciado argumenta que lo viviĆ³ en primera persona, pues duplicĆ³ las ventas hasta mĆ”s de un millĆ³n en cifra anualizada y aun asĆ, perdĆa dinero y lo reclamĆ³ a DIA. La cadena le respondiĆ³ que debĆa tener ese dinero en existencias, pero hizo inventario y no le salĆan los nĆŗmeros. Cuando tratĆ³ de ir mĆ”s allĆ”, la compaƱĆa le expulsĆ³.Ā
Ā«DIA ha trasladado su fuente de ingresos: aparentemente son las ventas en su red de supermercados, pero parece ser que vive de sus franquiciasĀ»
āĀæCĆ³mo se explica que una empresa tenga a un franquiciado que en menos de un aƱo le duplica ventas y lo expulse?ā, se pregunta el abogado del querellante. AdemĆ”s de echarle, a finales de 2011, tambiĆ©n le reclaman mĆ”s de 10.000 euros por falta de stock, algo que el exfranquiciado asegura que no es real, y cree que el primer stock que recibiĆ³ cuando asumiĆ³ el control de la tienda estaba ya muy hinchado pero no tenĆa las herramientas para comprobarlo.
La querella presentada por este vilarrealense considera que DIA āha trasladado su negocio o fuente de ingresos: aparentemente se dedica a la venta de productos alimenticios al por menor, a travĆ©s de su red de supermercados, aunque en realidad, parece ser que su principal fuente de ingresos ha pasado a ser la proveniente de las franquiciasā.
Ahora la jueza tiene que ratificar el informe sobre la cuenta de resultados con el economista que lo firma y luego decidir si la admite a trĆ”mite y abre juicio o no. De todas maneras, por si la vĆa penal no prospera, el querellante y su abogado estudian abrir tambiĆ©n la vĆa civil, en la que ya hay sentencias favorables a otros franquiciados con casos similares y estĆ” resultando bastante mĆ”s rĆ”pida.