Casos en los que puedes reclamar el dinero robado al banco

En caso de suplantación de la identidad hay formas reclamar al banco el dinero que hayan robado los estafadores

Una clienta de BBVA ha sido víctima de suplantación de identidad. Imagen: Freepik.

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Si te han suplantado la identidad del banco y los ciberdelincuentes te han robado dinero, debes saber que existen casos en el que los bancos están obligados a devolver el dinero robado en algunos supuestos. Recientemente, Facua Castilla-La Mancha acudió al Banco de España después de que el BBVA declinara las reclamaciones de una clienta de la entidad que había sido víctima de estafa.

Tal y como explica la asociación en su web, robaron 2.891 euros a una clienta de BBVA a la que suplantaron su identidad en tres operaciones que se realizaron para extraer fraudulentamente su dinero sin que el banco pudiese acreditar la aplicación de la doble autentificación de seguridad para estos movimientos.

Tras varias reclamaciones y ante la negativa inicial de la entidad a devolver el importe robado, la Facua acudió al Banco de España alegando que el fraude se había producido porque falló el sistema de seguridad del banco.

Casos en los que puedes reclamar el dinero robado al banco

Por normativa, una operación no autorizada se considera fraude y la entidad debe hacerse cargo del importe robado. La asociación ha recogido exactamente qué cita textualmente la ley sobre estas situaciones:

Según el artículo 36 de la Ley de servicios de pago y otras medidas urgentes, las operaciones de pago «se considerarán autorizadas cuando el ordenante haya dado el consentimiento para su ejecución».

El dinero de una transferencia llega al siguiente día hábil. Foto: Jcomp - Freepik.
Los ciberdelincuentes robaron casi 3.000 euros a una clienta de BBVA. Foto: Jcomp – Freepik.

El artículo 45 del mismo texto legal, es claro cuando precisa que, en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, «el proveedor de servicios de pago del ordenante devolverá a éste el importe de la operación no autorizada de inmediato»y que «la carga de la prueba recae sobre la entidad de que la operación se llevó a término con todas las garantías». 

Asimismo, el artículo 43, recoge que «el usuario de servicios de pago obtendrá la rectificación por parte del proveedor de servicios de pago de una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente, únicamente si el usuario de servicios de pago se lo comunica sin demora injustificada, en cuanto tenga conocimiento de cualquiera de dichas operaciones que sea objeto de reclamación, incluso las cubiertas por el artículo 60, y, en todo caso, dentro de un plazo máximo de trece meses contados desde la fecha del adeudo».

En definitiva, el banco está obligado a devolver el dinero robado en el caso de que el propietario de la cuenta no haya autorizado el pago de las operaciones. Por ello, BBVA ha tenido que devolver los casi 3.000 euros sustraídos a la clienta víctima de una estafa por suplantación de identidad.

Economía Digital

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