Prisa prorroga su contrato de liquidez con JB Capital Markets hasta 2022
El contrato de Prisa con la sociedad fue firmado el 11 de julio del año 2019. Ahora, se prolonga hasta 2022
Prisa prorroga su contrato de liquidez con la socidad de valores JB Capital Markets, hasta el próximo año 2022. Así lo ha comunicado este miércoles el secretario del Consejo de Administración del grupo, Pablo Jiménez de Parga Maseda, a través de un comunicado a la CNMV.
En el escrito, se expone que «en relación con la comunicación de fecha 26 de julio de 2019 (Nº de Registro:280677) relativa al vigente contrato de liquidez firmado con JB Capital Markets,Sociedad de Valores S.A.(el “Contrato de Liquidez”), la Sociedad comunica la prórroga de la vigencia del Contrato de Liquidez hasta el 11 de julio de 2022«.
De esta forma, Prisa prorroga el contrato que firmó con JB Capital Markets el 26 de julio del año 2019 con el objetivo principal de favorecer la liquidez y regularidad en la cotización de las acciones de la Sociedad , atendiendo los límites establecidos por la normativa de aplicación, en particular la Circular 1/2017 (Contrato de Liquidez).
«A los efectos de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado y en el artículo 227del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre», Prisa ha confirmado dicha prórroga.
El contrato de liquidez
En su momento, Prisa depositó en la cuenta de valores asociada al contrato de liquidez, un total de 153.024 acciones de la Sociedad,sin embargo, para el equilibrio de los saldos de la cuenta de valores y de la cuenta de efectivo retiró 5.896,65 euros de la cuenta de efectivo. De este modo, el saldo de inicio de la cuenta de efectivo fue de 212.091,26 euros.
Aí, JB Capital Market ha podido realizar las operaciones objeto del contrato de liquidez en los mercados regulados y en los sistemas multilaterales de negociación españoles, a través del mercado de órdenes, conforme las normas de contratación, dentro de los horarios habituales de negociación de éstos y según lo establecido en la norma tercera de la Circular 1/2017.