La derrota de Nissan en los tribunales da alas a los afectados por el ‘cártel de coches’

Los afectados por el 'cártel de coches' empiezan a sumar victorias legales en una de las mayores irregularidades comerciales de la automoción que ha habido en España

Nissan

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Los afectados por el denominado ‘cártel de coches’ consiguen, victoria a victoria, que los principales fabricantes de vehículos paguen indemnizaciones por su conducta irregular que conllevó una sanción histórica por parte de la CNMC en 2015. La última en ser retratada ha sido Nissan en el Juzgado de lo Mercantil de Barcelona

La situación se remonta a 2015. Fue entonces cuando la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso una de las mayores multas de toda su historia (171 M€) a 23 empresas fabricantes y distribuidoras de automóviles de diferentes marcas y dos empresas consultoras. Entre las empresas se encontraban General Motors; Ford; Renault; Peugeot; Citroën; Toyota; y BMW, entre otras. 

Esta resolución ponía de relieve una realidad que se encontraba oculta: la existencia de un cártel de coches que durante años estuvo llevando a cabo intercambios estratégicos y comerciales de información sensible para beneficiarse de manera conjunta del control del mercado en el sector de la automoción.   

El hecho de que el conjunto de marcas supusiera un 91% de la cuota de mercado en el momento de realización de las prácticas abusivas y restrictivas provocaba a la par una situación monopolística en el que este conglomerado de empresas tenía absoluto control sobre la fijación de precios. 

Esta situación, con su carácter ilegal -multa mediante de la CNMC- y oportunista, ha provocado la existencia de miles de afectados. Estos consumidores ahora reclaman justicia, y, en muchos casos, las sentencias están siendo favorables. 

Un nuevo paso contra el ‘cártel de coches’ 

El último espaldarazo que han recibido los afectados por este cártel llega desde la justicia catalana. En concreto, según ha podido saber ECONOMÍA DIGITAL, la última sentencia que se ha dictado el pasado mes de noviembre a través del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Barcelona ha sido favorable para el consumidor

Así, el afectado reclamaba por un Nissan Qashqai comprado en 2012 por un valor de 18.763,43€ una indemnización de casi el 20%, 3.407,44€ más intereses y costas. Finalmente, el resultado ha sido favorable, aunque no la cuantía indemnizatoria esperada. En estas primeras sentencias se está consiguiendo entre un 5-10% del precio de adquisición del vehículo y el informe pericial juega un papel fundamental, según explican fuentes conocedoras de la situación.  

En este caso concreto, el afectado tendrá un importe compensatorio final que ha sido de 563,90€ más intereses, lo que acaba rozando el 5% comentado. Esta sentencia indica un antes y un después de cara a sentar jurisprudencia en Barcelona y puede ser el inicio de muchos fallos favorables los próximos meses.   

La importancia de la sentencia 

¿Pero por qué es tan importante esta sentencia? Desde la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches (AACC) explican a ECONOMÍA DIGITAL que son «optimistas de cara a ganar la reclamación colectiva de la AACC. De igual forma, tenemos también esperanzas en que la cuantía indemnizatoria estándar que se está otorgando (entre un 5-7%) vaya aumentando conforme haya fallos favorables».

La organización, que nació para organizar, reunir y ayudar a todos los afectados, y que ofrece asesoría legal y peritaje, por parte de expertos en reclamaciones colectivas y competencia, estima que «al tratarse de un caso judicial reciente, los jueces no responden a un criterio único, por lo que aún es necesario mayor recorrido en los juzgados para sentar jurisprudencia y estabilizar la rentabilidad de la reclamación».

Ante este escenario, en la AACC prefieren ser prudentes al respecto de la demanda judicial y esperar, aunque eso conlleve aumentar la duración del proceso, en aras a duplicar la estimación de la compensación. 

Cada sentencia será distinta 

Por lo que respecta a los lugares de reclamación, así como las diferentes marcas, desde AACC recuerdan que «no tiene por qué ser relevante la región desde la que se reclame, ya que responde a un marco nacional de reclamación, siempre es positivo tener referencias dentro de la Comunidad Autónoma puesto que los jueces de cada uno de los juzgados de lo Mercantil pueden fijarse en los criterios seleccionados por sus homólogos».

En cuanto a las posibles diferencias entre marcas a la hora de ir a los tribunales, cabe señalar que es posible que la marca a la que se reclama sí tenga que ver con una distinta sentencia, aunque en última instancia dependerá por una parte de la prueba pericial aportada, y por otra parte de las características específicas de la adquisición del vehículo (precio, año, marca).  

Explican desde AACC que «existen algunos fabricantes sobre los que sí existen dudas al respecto de cómo van a actuar los tribunales puesto que todavía no hay experiencia muy dilatada. Los que son más seguros son aquellos que ya han ido sacando sentencia, por eso cada nueva sentencia es una victoria de cara a avanzar en el caso».

Raúl Masa

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