Esta es la multa que le puede caer a tu empresa si te molesta fuera de tu jornada

La desconexión digital es un derecho de los trabajadores que les permite no conectarse a ningún dispositivo corporativo fuera de la jornada laboral, así como las vacaciones o días de descanso

Una persona utiliza el móvil. foto: Pixabay.

Una persona utiliza el móvil. foto: Pixabay.

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Las nuevas tecnologías están cada vez más presentes en nuestras vidas. También en la laboral. Si bien facilitan y agilizan gran parte de las tareas asociadas a los puestos de trabajo, su uso también conlleva una serie de inconvenientes. Y es que, puede favorecer que el empleado esté conectado más horas de las que le corresponde, revisando correos o contestando mensajes de WhatsApp, por ejemplo.

Precisamente, en este contexto, es donde adquiere más importancia la desconexión digital. Se trata de un derecho que poseen los empleados y que les brinda libertad para no tener que conectarse a ningún dispositivo ni programa corporativo fuera de su jornada de trabajo, pero también a lo largo de sus vacaciones o días de descanso.

Derecho a la desconexión digital

Cabe destacar que todos los aspectos relacionados con la desconexión digital están regulados la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y Garantías de los Derechos Digitales. En concreto, el artículo 88 deja bien claro que tanto los trabajadores como los empleados públicos «tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal familiar”.

«Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores», aclara la normativa.

Una persona trabaja con un ordenador y un móvil. Foto: Pixabay.
Una persona trabaja con un ordenador y un móvil. Foto: Pixabay.

Asimismo, concreta que el empleador habrá de elaborar una «política interna» dirigida a la plantilla de empleados, pero también a las personas que ocupen puestos directivos. En el documento, se deberán definir las «modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática».

En esta línea, se especifica que se habrá de preservar el derecho a la desconexión digital en «los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas».

Sanción

Pero, ¿qué ocurre cuando la empresa incumple la normativa? «Las empresas no pueden obligar ni forzar a que la persona trabajadora, fuera del horario laboral, esté constantemente hiperconectada o pendiente del correo electrónico, WhatsApp, chat o llamadas telefónicas de la empresa o relacionadas con ella», indica el socio del área jurídico laboral de AGM Abogados, Luis San José Gras al diario La Información.

Tal y como recoge la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), las irregularidades en el derecho a la desconexión digital de los empleados se consideran infracciones graves y, consecuentemente, la multa interpuesta puede oscilar entre los 751 y los 7.500 euros.

El hecho de no contar con un código empresarial que regule la desconexión digital, según alerta San José, puede desembocar en una «hiperconectividad laboral» que, a su vez, puede provocar «en algunos trabajadores estrés, fatiga, síndrome del trabajador desgastado o una violencia laboral como el ciberacoso o también denominado ‘network mobbing’, afectando totalmente a su salud».

Por ello, la sanción para los casos vinculados al acoso o ciberacoso puede ascender hasta los 225.018 euros.

Economía Digital

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