Martinsa-Fadesa enfila la liquidación tras perder en el Supremo el litigio contra Manuel Jove
El Alto Tribunal reitera que la venta de Fadesa fue lícita y no ha lugar a los 1.576 millones de indemnización que pedía la inmobiliaria de Fernando Martín
Martinsa-Fadesa, la inmobiliaria presidida por Fernando Martín, se jugaba a cara o cruz su futuro en el Tribunal Supremo. Y salió cruz, con lo que las pocas esperanzas que había para que sus acreedores accedieran a modificar las condiciones del convenio de acreedores se difuminan, y el camino hacia la liquidación parece inevitable.
Lo que ha dictaminado la Sala Civil del Tribunal Supremo es desestimar el recurso de casación interpuesto por la promotora contra la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que, en enero de 2013, rechazaba, al igual que lo había hecho un año antes el juez concursal, la demanda de responsabilidad social por los perjuicios causados por la compra en 2007 de la inmobiliaria Fadesa.
Sin indemnización
La indemnización solicitada era de 1.576 millones de euros por «decisiones o actuaciones presuntamente dolosas o negligentes» –básicamente, la incorrecta valoración de Fadesa– tomadas por Manuel Jove y Antonio de la Morena, presidente y consejero delegado de la inmobiliaria coruñesa que fue comprada por Martinsa en 2007.
Además, el Supremo condena a Martinsa-Fadesa a pagar las costas de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación que se desestima, así como la pérdida de los depósitos constituidos.
No hubo falsedad de datos en Fadesa
Con la desestimación, entiende el Supremo que no existió una «conducta antijurídica por parte de los administradores demandados» (Jove y De la Morena), ni que por tanto, estos hubieran falseado o alterado los activos de Fadesa.
Al no ha lugar la casación solicitada, la modificación del convenio concursal que ha presentado Martinsa-Fadesa tendrá muy poco recorrido a la vista de la fría acogida que ha tenido entre las entidades financieras acreedoras.
Ingresos que se esfuman
Ante la posibilidad de que el Supremo le hubiera dado la razón, Martinsa-Fadesa ya había aludido a la obtención de «ingresos extraordinarios» en la propuesta de modificación de convenio presentada ante el juez el pasado 30 de diciembre.
Y, además, que parte de la indemnización se destinaría para atender los créditos con privilegio general de las Administraciones Públicas, por debajo de 70 millones de euros, y un 6% de los derechos de crédito resultantes de la sentencia que se dicte para atender necesidades de tesorería. Evidentemente, esos ingresos no van a llegar.