Fin a las llamadas comerciales: qué hacer si te siguen molestando
La ley anti spam entra en vigencia, pero si todavía se siguen recibiendo llamadas para ofrecer promociones y servicios hay formas de detenerlas
En solo 48 horas, más exactamente el jueves 29 de junio, millones de españoles pueden estar más tranquilos por el fin de uno de los métodos comerciales más invasivos: las llamadas al móvil.
Ese día entra en vigor la nueva Ley General de Telecomunicaciones, que en su artículo 66 precisa que están prohibidas las llamadas comerciales sin permiso previo.
Multas por seguir con los llamados comerciales
Esto será un duro golpe para las agencias de marketing y los call center que ofrecen desde seguros de vida a planes de pensiones, pasando por servicios jurídicos y, sobre todo, nuevas tarifas de móvil con internet, de luz o gas.
Aquellas personas que se salten la ley se exponen a multas que van desde los 100.000 euros en caso de considerarse una falta leve, hasta la friolera de 20 millones de euros en los casos más graves.
Es posible que se sigan recibiendo algunas llamadas comerciales si el usuario dio su consentimiento a las comunicaciones comerciales
En realidad la citada ley se promulgó hace un año, pero en ella se daba un año a las compañías de telemarketing para que se adapten a la nueva normativa.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) será la encargada de vigilar que se cumpla con la prohibición de los llamados indeseados, una normativa que aplica a todos los números fijos o móviles de España.
Si una persona recibe un llamado ofreciendo descuentos, promociones o el servicio que sea, puede dirigirse a la AEPD y denunciarla; que el organismo iniciará la investigación y posible sanción a la empresa que no cumpla con la ley.
Qué pasa con las llamadas del exterior
Es sabido que muchas empresas de telemarketing, para bajar costes, montan call centers en el exterior.
Pues la AEPD también tiene autoridad para actuar sobre ellas. En caso de pretender esquivar las multas de la Agencia, pueden llevar el caso a la Justicia.
El pacto de las telecos
Según informa Xataka entre las empresas de telecomunicaciones se había hecho un pacto para dejar de molestar a los consumidores con llamadas comerciales.
Grandes compañías y otras de bajo coste, como Movistar, Orange, Vodafone, Jazztel, O2, Amena, Ono, Yoigo y Pepephone -entre otras- firmaron un código de conducta de autocontrol para poner fin a estas llamadas, y vigilar que ninguna se salte el acuerdo.
Sin embargo hay un agujero legal que es aprovechado por las empresas comercializadoras: es el famoso consentimiento.
El truco del consentimiento
Volvamos al famoso artículo 66: allí dice que no se pueden recibir “llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario”.
Y si se recibe un llamado de alguna empresa de telefonía, de luz o gas, o de cualquier otro servicio, uno se preguntará “¿pero cuándo di mi consentimiento?”.
Pues seguramente en muchas ocasiones y casi sin darse cuenta. Por ejemplo, cuando se compra un producto online o se suscribe a algún servicio de información o un newsletter, mucha gente marca la casilla que acepta recibir comunicaciones comerciales de la compañía o de compañías asociadas.
O sea, por más que se otorgue el consentimiento para recibir novedades de la empresa X, seguramente llegarán llamadas de las compañías Y o Z solo por haber dado el OK como ‘empresas asociadas’.
Qué hacer si siguen las llamadas comerciales
Si uno considera que se están vulnerando los derechos con esas llamadas comerciales, en la AEPD recomiendan varias alternativas para dejar de recibir esos molestos llamados.
Una es inscribirse en una lista de exclusión publicitaria, también llamada Lista Robinson, que se supone que tiene que ser respetada por las compañías de telemarketing.
Otra es rechazar el envío de publicidad por SMS o Whatsapp. Este aviso de desistimiento suele llegar a continuación de alguna promoción, y su rechazo alcanza a las compañías que hacen llamados personalizados.
La tercera opción es retirar el consentimiento. La forma de dejar de autorizar debería figurar en la página web de la empresa, pero si está difícil de encontrar hay que buscar el apartado sobre protección de datos.
La forma más extrema es denunciar a la empresa ante la AEPD, para lo cual hay que realizar un trámite que puede ser tedioso y en el que se debe presentar diversos documentos a modo de prueba; según precisa la Agencia en su página web.