La justicia anula dos tipos de recargo de Caixabank por su carácter «abusivo»

La sentencia se suma a otras similares dictadas por los juzgados alaveses, que han anulado comisiones de este tipo a otros bancos como Kutxabank, BBVA, Bankinter o Santander

Logotipo de Caixabank el miércoles 2 de marzo de 2022.

Logotipo de Caixabank. EFE

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Nuevo varapalo judicial a Caixabank. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Vitoria-Gasteiz ha declarado nulo el cobro de comisiones de la entidad financiera por emisiones de justificantes especiales por ingreso en cuenta de terceros y por el uso de ventanilla para gestiones que se pueden realizar mediante la modalidad de autoservicio.

La resolución, que tiene fecha 4 de mayo y puede ser recurrida, denuncia el carácter «abusivo» de estas comisiones. La sentencia se suma a otras similares dictadas en las últimas semanas o meses por los juzgados alaveses, que han anulado comisiones de este tipo a otros bancos como Kutxabank, BBVA, Bankinter o Santander.

En esta ocasión, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz ha estimado íntegramente una demanda presentada por la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca (EKA/ACUV) contra Caixabank.

La sentencia anula el cobro, por parte de esta entidad, de una comisión de seis euros por «emisión de justificante especial por ingreso en cuenta de terceros, indicando el concepto y hasta dos referencias identificativas, con emisión de justificante en papel y comunicación al titular de la cuenta mediante el extracto de movimientos periódico».

También anula la comisión o recargo de dos euros «por uso de ventanilla en servicios que se pueden realizar por autoservicio».

Una práctica «abusiva»

La sentencia subraya que el cobro de estas comisiones «constituye una práctica abusiva y contraria a la normativa de protección de los consumidores y usuarios».

En consecuencia, condena a Caixabank a «cesar en la práctica indicada, a abstenerse del cobro de las indicadas comisiones o recargos, y a eliminar del folleto de tarifas de comisiones, condiciones y gastos, y del resto de los documentos informativos, de la información relativa a su devengo».

Además, la sentencia establece que la entidad bancaria publicará a su costa el fallo de la presente sentencia, una vez firme, en un periódico de los de mayor tirada en el País Vasco.

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